Redacción.- Coincidiendo con el fin del estado de alarma, vuelven las restricciones a la circulación de vehículos de transporte de mercancías. De esta manera, se habrán recuperado las restricciones a la circulación de camiones en todo el país, puesto que el Servei Catalá de Tránsit y la Dirección de Tráfico del País Vasco ya habían tomado esta decisión en su ámbito competencial.
La Dirección General de Tráfico ha informado en nota de prensa que desde las 00:00 horas del domingo 21 de junio y coincidiendo con la finalización del estado de alarma, vuelven a estar automáticamente vigentes las restricciones a la circulación establecidas a los vehículos de transportes de mercancías.
Este año, debido a la situación excepcional del Coronavirus que tuvo como consecuencia la declaración del estado de alarma, el Ministerio del Interior publicó la orden ministerial INT/262/2020 de 20 de marzo por la que se eliminaban esas restricciones como medida para garantizar el suministro de bienes esenciales y abastecimiento a las ciudades.
Con el fin del estado de alarma deja de tener efecto el artículo 3 de dicha Orden Ministerial y se restablecen las restricciones que por razones de seguridad vial, movilidad y de fluidez, establece la Dirección General de Tráfico durante los fines de semana y días de operaciones especiales de tráfico.
Los vehículos a los cuales se restablece las restricciones son:
.- Transportes de mercancías en general.
.- Mercancías peligrosas por calendario y tramos de vía (apartado 1º del Anexo V de la resolución).
.- Vehículos especiales y vehículos que precisan de autorización complementaria de circulación, al superar, por sus características técnicas o por razón de carga indivisible transportada, los valores de masas o dimensiones máximas permitidas.
Esta medida ha sido acordada con el Servei Catalá de Transit y con la Dirección de Tráfico del País Vasco, quienes también han restablecido las restricciones de estos vehículos dentro de su ámbito competencial.
Agradecimiento por el servicio prestado
Desde la Dirección General de Tráfico, se quiere agradecer a todo el sector del transporte de mercancías el trabajo esencial que han desarrollado durante todo el estado de alarma, abasteciendo a la sociedad y anteponiendo en numerosas ocasiones su trabajo a la posibilidad de estar con su familia.
También acompañar en el dolor a las 23 familias de transportistas que han perdido a su familiar en accidente de tráfico durante esta pandemia, mientras realizaban su trabajo.
Por parte de la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM), sigue considerando indispensable un cambio filosófico respecto al establecimiento de las restricciones de tráfico, las cuales deberán basarse en el concepto de restricciones mínimas, y que deberían tener en cuenta los siguientes aspectos:
.- Supresión de todas las restricciones al tráfico de carácter genérico, ya que introducen de forma injustificada elementos de rigidez que impiden la libre circulación de las mercancías, al tiempo que dificultan tremendamente la mejora de las condiciones sociales de los conductores. Debería de establecerse restricciones únicamente en fechas, horarios y carreteras muy determinados.
.- No se establecerán restricciones en las franjas horarias de menor intensidad circulatoria como son las nocturnas, ya que de esta manera se reduciría el caos circulatorio que se ocasiona con motivo de la salida en bloque de todos los vehículos que se han acumulado tras un período prolongado de restricción.
.- Ampliación de las exenciones a todos los productos alimenticios, en línea de lo que ocurre en la mayoría de los países de la Unión Europea (UE).
.- Creación de corredores Norte-Sur y Este-Oeste, que permitan la libre circulación de todos los vehículos las 24 horas del día y durante los 365 días del año.
.- Las prohibiciones para la circulación establecidas en las distintas Resoluciones solo afectarán a los vehículos con una MMA superior a los 20.000 kilos.
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