Los portavoces de Asintra señalan que «el sector considera asimismo conveniente articular una figura específica que penalice el ejercicio de actividades de transporte que requieren de autorización o licencia sin haberla obtenido previamente, ante la gravedad del daño que causan y la necesidad de actuar con contundencia y ejemplaridad en tales situaciones».
El Comité del Transporte por Carretera considera que se puede incluir un nuevo artículo en el capítulo del nuevo Código Penal referido a los delitos relativos al mercado y los consumidores, proponiendo la siguiente redacción: «La prestación de servicios de transportes y actividades auxiliares al mismo sin ser titular de la preceptiva licencia o título habilitante conforme a la legislación sobre la materia será castigado con multa, cese de actividad y decomiso de los vehículos con que se realice».
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