La Comisión Europea aclara los controles del descanso semanal de los camioneros en la cabina

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La Comisión Europea aclara los controles del descanso semanal de los camioneros en la cabina

Julio Gómez.- La complejidad interpretativa de la distinta normativa recogida dentro del Paquete de Movilidad 1, ha obligado a la Comisión Europea a realizar algunas aclaraciones sobre los descansos de los conductores profesionales y los transportistas autónomos dentro de la Unión Europea.

Las principales aclaración se han centrado, sobre todo, en el control de las diferentes policias y agentes de tráfico sobre los descansos semanales de los camioneros de 45 horas o superiores, para compensar los anteriores, dentro de las cabinas de los camiones. Para las comprobaciones de posibles infracciones al respeto, algunas autoridades de control comunitarias, piden a los conductores de los camiones cuando se encuentran descansando en áreas de servicio o en otros lugares, un justificante de un hotel, o en algunos casos en edificios que tienen una construcción dedicada a la hostelería, incluso si el descanso semanal lo hubieran realizado en otro lugar que lo puedan demostrar con un justificante.

Este control sobre los camioneros, incluso después de haber finalizado su periodo de descanso, no infringe ninguna parte del Paquete de Movilidad 1, es más, el tercer apartado del artículo 34 del Reglamento 165/2014, considera absolutamente legítimo el control sobre el descanso en los países que forman parte de la Unión Europa. En cambio, una nota difundida por la Comisión Europea recuerda que los conductores no están obligados a justificar sus actividades cuando se encuentran lejos del camión.

Así en la nota de la Comisión, se especifica que los inspectores no pueden solicitar a los conductores documentos que acrediten que han pasado su descanso semanal fuera del camión, siempre que en el momento del control se encuentren lejos de este, ya que si se les solicita en un área de descanso, cuando el conductor está cerca del vehículo, podrían realizar los agentes una inspección más minuciosa que podría acarrear una sanción.

Asi, la declaración del camionero afirmando haber pasado el descanso semanal en la cabina, sigue siendo motivo suficiente para una multa, incluso siempre que manifieste a los inspectores su intención de realizar el descanso en el camión. Para el refuerzo de este control, la nota de la Comisión sigue recomendando la colaboración efectiva entres las autoridades policiales y de las administraciones competentes de los distintos países que forman parte de la Unión Europea.

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