De momento, Dia no obligará a los conductores a descargar la mercancía

De momento, Dia no obligará a los conductores a descargar la mercancía
Imagen de supermercados Dia
De momento, Dia no obligará a los conductores a descargar la mercancía

Redacción.- Tras la denuncia pública realizada por varias asociaciones de transporte sobre las prácticas abusivas del grupo Dia en cuanto a la exigencia de la descarga de la mercancía por parte de los conductores, la cadena de supermercados ha emitido un comunicado informando a sus proveedores que posponen el cambio anunciado por motivos sanitarios.

Según exponen en el comunicado, "entendemos razonable mantener el actual modelo de descargas, a la espera de condiciones más favorables que permitan abordar el cambio con todas las garantías de seguridad necesarias para todas las partes implicadas".

Por lo tanto, retrasan la medida hasta que cese esta situación de crisis sanitaria "periodo durante el cual trabajaremos en la búsqueda de la mejor alternativa para gestión documental y prevención de riesgos", dicen en su circular.

Aunque desde FROET celebran la noticia, creen que esta actividad no debe negociarse en el futuro ya que es una práctica abusiva que no corresponde realizar al conductor.

Recordemos que en su día, el Ministro de Transportes, José Luis Ábalos, recomendó que "se evite que el conductor baje del vehículo o que participe en las labores de carga y descarga", una sugerencia que también ha realizó la Comisión Europea.

Por otra parte, realizar las labores de carga y descarga, por parte del conductor, no es obligatorio. El artículo 20 de la Ley 15/2009, de 11 de noviembre, del contrato de transporte terrestre de mercancías, dice lo siguiente:

Artículo 20. Sujetos obligados a realizar la carga y descarga.

"Las operaciones de carga de las mercancías a bordo de los vehículos, así como las de descarga de éstos, serán por cuenta, respectivamente, del cargador y del destinatario, salvo que expresamente se asuman estas operaciones por el porteador antes de la efectiva presentación del vehículo para su carga o descarga. Igual régimen será de aplicación respecto de la estiba y desestiba de las mercancías".

Dado que la norma es ambigua, el sector viene reclamando insistentemente desde hace años que, salvo excepciones, se prohíba por ley que el conductor realice estas tareas.

Foto de archivo