Abierto el plazo para la presentación de las declaraciones responsables para recibir la bonificación del combustible

Foto de archivo
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Plazo para la presentación de las declaraciones responsables necesarias para recibir la bonificación del combustible
Abierto el plazo para la presentación de las declaraciones responsables para recibir la bonificación del combustible

Tal y como hemos venido informando, para que los transportistas puedan recibir la ayuda de 20 céntimos por litro de combustible es necesario que presenten unas declaraciones responsables. Las empresas y autónomos que tienen derecho al gasóleo profesional, tienen de plazo hasta el 30 de junio para presentar dichas declaraciones, pero la Agencia Tributaria ha comunicado a la CETM que la ayuda solo se recibirá una vez que se hayan presentado. 

Por tanto, para recibir la ayuda de enero junto con la devolución del gasóleo profesional de ese mes, las declaraciones deben de estar presentadas antes de que termine el periodo de gestión de la devolución del gasóleo profesional. Esto significa que, si una empresa o autónomo presenta estas declaraciones antes del 11 de febrero (10 días naturales desde la finalización del mes) recibirá la ayuda al mismo tiempo que la devolución del gasóleo profesional de enero. En cambio, si una empresa o autónomo presenta las declaraciones el 11 de febrero o posteriormente, la ayuda de enero la recibirá más adelante.

Si bien, hay que aclarar que en ningún caso la ayuda se perderá por presentarla más allá del 31 de enero, simplemente que se recibirá con posteridad, por lo que recomendamos hacer esta gestión lo antes posible.

¿Cómo presentar las declaraciones? 

Para presentar las declaraciones responsables, las empresas y autónomos beneficiarios del gasóleo profesional deberán entrar en este enlace e identificarse mediante certificado digital. Una vez dentro, encontraremos las distintas gestiones que se pueden realizar:

  1. Presentación declaración responsable de que la empresa solicitante se ha visto afectada económicamente por la invasión de Ucrania
  2. Presentación declaración de las ayudas recibidas
  3. Presentación declaración empresas asociadas y vinculadas
  4. Presentación declaración responsable por superar el límite de cuantía máxima de ayudas

Dependerá de cada caso si hay que presentar una o varias declaraciones. En la CETM lo explicamos de manera detallada AQUÍ

¿Y si no soy beneficiario del gasóleo profesional? 

Aquellas empresas y autónomos que no pueden beneficiarse del gasóleo profesional, deberán solicitar una ayuda directa, pero el plazo para realizar esta gestión no se abre hasta el 1 de abril y finalizará el 30 de mayo.

En este caso, la solicitud también se realizará a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria y junto a ella se presentarán las declaraciones responsables. 

Recordamos que el importe de la ayuda dependerá del tipo de vehículo:

  • Camión (MDPE) con MMA superior a 7,5 toneladas que use GLP, GNC o GNL: 3.690 euros.
  • Camión (MDPE) con MMA inferior a 7,5 toneladas: 1.000 euros.
  • Furgoneta o vehículo ligero (MDLE): 450 euros.
Ayudas-carburantes
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