Los dispositivos de seguridad obligatorios en el camión

Gráficos: TADIG, foto noticia de archivo
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Los dispositivos o elementos de ayuda a la conducción y seguridad dentro del camión, además de obligatorios, también son muy importantes para el conductor profesional.
Los dispositivos de seguridad obligatorios en el camión

Los dispositivos o elementos de ayuda a la conducción y seguridad dentro del camión, además de obligatorios, también son muy importantes para el conductor profesional.

En este artículo repasamos los elementos de seguridad obligatorios que son imprescindibles para los vehículos de transporte pesado.

Dispositivo obligatorio: Protección trasera

También llamado “antiempotramiento”, es un dispositivo diseñado para reducir los riesgos de choque trasero con vehículos, como turismos, camiones de hasta 3,5 toneladas o vehículos industriales de más de 3.500 kg. Este dispositivo actúa tanto en viajes en carretera como en trayectos cortos urbanos y su importancia radica en la disminución de las consecuencias negativas de un accidente en cadena.

El dispositivo de protección trasera es obligatorio para todos los vehículos de mercancías de más de 3,5 toneladas de MMA. También tiene algunas excepciones:

  • Vehículos en los que sea innecesaria su colocación, por su estructura.
  • Las cabezas tractoras o tractocamiones.
  • Vehículos por cuya utilización no necesiten incluir este dispositivo.

Dispositivo obligatorio: Protectores Laterales

Son los dispositivos que se colocan en los laterales por debajo de los vehículos como remolques, semirremolques o camiones rígidos. Sirven para ofrecer a los peatones, ciclistas y motoristas la seguridad de no caer y ser atrapados por las ruedas mientras el camión circula.

Estos protectores laterales son un dispositivo obligatorio en los vehículos:

  • Camiones excepto N2 y N3, es decir, vehículos con más de 3,5 toneladas de MMA, siempre que excedan los 25 km/h.
  • Remolques no ligeros.

Y también podemos encontrar excepciones, que son las mismas que en el dispositivo de protección trasera.

Dispositivo obligatorio: Señal V-23

Según el Real Decreto 1030/2022 la señal V-23 será obligatoria para todos los vehículos con peso superior a 7,5 toneladas y más de 6 metros de largo y 2,1 de ancho, así como remolques y semirremolques con peso superior a 3,5 toneladas.

Esta señal V23 deberá ser visible en la parte trasera y lateral del vehículo, es decir, en los extremos. Así se puede identificar su largo y anchura total además de las cargas. La V23 se compone de cintas reflectantes de 5 cm de ancho de color blanco o amarillo para los laterales y rojo para la parte trasera.

Para cumplir la normativa los vehículos mencionados tendrán que incorporar esta señalización antes del 22 de diciembre 2024.

Elemento de seguridad: Señal V-16

Aún queda por definir lo que ocurrirá con la señal nueva de baliza que sustituye a los triángulos de emergencia en carretera. La DGT nos dice que será obligatoria a partir del 2026, en los vehículos de transporte, pero se desconoce si servirá un solo dispositivo o habrá que llevar un segundo.

Esta señal V-16 incluye un mecanismo de geolocalización, cuando el vehículo se avería envía las coordenadas a la nube de la DGT 3.0, alertando a los paneles electrónicos de las autovías. Esta señal V16 deberá estar homologada, es decir, contar con la conectividad que exige la DGT.

Conclusión

Un buen mantenimiento de nuestro camión deberá incluir la revisión de los elementos de seguridad obligatorios que hemos repasado. La profesionalidad de la que hace gala el transportista contempla el buen uso y funcionamiento de estos dispositivos, así como su uso correcto.

Un artículo de TADIG

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