Direbus asesora a pymes y autónomos sobre las solicitudes de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial

Direbus asesora a pymes y autónomos sobre las solicitudes de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial
Direbus ayuda a las pymes y a los autónomos
Direbus asesora a pymes y autónomos sobre las solicitudes de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial

Redacción.- Desde que comenzó el presente mes de julio, se está procediendo a llevar a cabo la ejecución de las medidas extraordinarias que conceden transferencias directas (tramite directo con la Administración Tributaria de las Comunidades Autónomas) y reestructuraciones de deuda financiera (tramite directo con las entidades bancarias, entre otros) hacia las PYMES del sector del transporte de viajeros por carretera.

Durante muchos meses atrás a la publicación de la normativa reguladora de ambas medidas, la actuación de lobby de DIREBÚS ESPAÑA se centró en solicitarlas con urgencia bajo la justificación real de caída profunda de ingresos, bajada aparejada de servicios efectivos de transporte, en aquel momento sin plazos para el inicio y transcurso de calendario de vacunación y, sobre todo, desconocimiento real del inicio paulatino de recuperación e actividad.

Atendiendo al dicho “nunca es tarde si la dicha es buena”, se publicó en el BOE el 13 de marzo el Real Decreto-ley 5/2021 de 12 de marzo de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, por el cual las tensiones de tesorería se veían aliviadas a través de fondos dirigidos a cubrir las medidas descritas.

Si bien desde DIREBÚS ESPAÑA criticamos que el exceso de burocracia haya conllevado cuatro meses de espera para que ambas medidas se pongan en marcha, desde inicios de mes las PYMES y autónomos del sector pueden solicitar tanto las ayudas directas como la reestructuración de su deuda.

Ambas medidas son de extrema importancia para el corto y medio plazo de la supervivencia del tejido empresarial, si bien las empresas están necesitadas de apoyo y asesoramiento para la disposición real de las mismas. Es por ello que DIREBÚS ESPAÑA está al lado de la micro, pequeña y mediana empresa, asesorándola para que los pasos sean conformes con los requerimientos del sistema para poder obtener medidas financieras que logren la supervivencia de los empresarios autónomos y de las PYMES.

Recordemos que el Real Decreto-ley 5/2021 de 12 de marzo regulaba dos medidas sobre las cuales las empresas del sector podían solicitarlas:

FONDO 1 – 7.000M €: Línea COVID de ayudas directas

Las comunidades autónomas conceden ayudas directas a empresas y sectores más afectados por la pandemia. Las ayudas son no reembolsables y de carácter finalista y deberán destinarse al pago de deudas contraídas desde marzo de 2020, tanto facturas con proveedores y gastos fijos como deudas bancarias o financieras, suministros energéticos, etcétera. Podrán acceder a ellas las empresas y autónomos cuyos ingresos hayan caído como mínimo un treinta por ciento con respecto a 2019. Las ayudas podrán compensar hasta un 40% de la caída adicional de ingresos para las micropymes y los autónomos y hasta un 20% del resto de empresas. Se establece una cantidad fija de 3.000€ para autónomos que tributan por módulos y un rango entre 4.000 y 200.000€ por empresa para el resto.

FONDO 2 – 3.000M €: Línea para Reestructuración de la deuda financiera

En los procesos de reestructuración de empresas viables con problemas transitorios que se acuerden con las entidades financieras, se podrán aplicar tres niveles de actuación sobre los préstamos que cuentan con aval público. Una vez aprobado el Código de Buenas Prácticas para que el sector financiero y el resto de organismos puedan implicarse en el apoyo de estas empresas, tras las firmas de los protocolos llevados a cabo en estos pasados meses por el cual las entidades bancarias se sumaban a ejecutar este fondo, las PYMES ya pueden solicitar a bancos y cajas cualquiera de las medidas que se describen en este fondo:

Un primer nivel supone la extensión del plazo de vencimiento de los préstamos. En un segundo nivel, se podrían convertir estos préstamos en préstamos participativos, manteniendo la cobertura del aval público. En el tercer nivel, excepcional y de último recurso, se permitiría realizar transferencias directas a autónomos y pymes para la reducción del principal de la financiación avalada contraída durante la pandemia.

Foto de archivo