El convenio colectivo del transporte de mercancías por carretera de Portugal

Antram valida el acuerdo de trabajo de los conductores portugueses
Camiones portugueses
El convenio colectivo del transporte de mercancías por carretera de Portugal

    Helena Braga Marques | Socia y responsable Unidad Económica de Transportes [email protected]

Helena Braga Marques aborda el nuevo contrato colectivo de trabajo, celebrado entre la Asociación Nacional de Transportadores Públicos de Carreteras de Mercancías (ANTRAM) y la Federación de los Sindicatos de Transportes y Comunicación (FECTRANS).

Después de más de veinte años después del comienzo de su mandato, y después de dos años de negociaciones, se publicó el 15/09/2018, el nuevo Convenio Colectivo, suscrito entre la Asociación Nacional de mercancías por carretera de Transporte Público (ANTRAM) y la Federación de Sindicatos del Transporte y las Comunicaciones (FECTRANS) - véase el Boletín de Trabajo primera serie, de 34 años el 15 de septiembre, 2018 aquí .

Teniendo en cuenta la legislación vigente en materia laboral, así como la realidad del sector del transporte de mercancías por carretera, instó a que su instrumento de regulación colectiva para renovar,y resultaría capaz de seguir las necesidades específicas de este área de actividad cuya influencia crucial disposición, la competitividad de la empresa portuguesa.

Las disposiciones contenidas en el nuevo contrato colectivo, en virtud de la Orden de Extensión a la que se espera la publicación, a partir del 20 de septiembre de 2018, aplicables a todas las empresas del sector del transporte de mercancías, así como a todos los trabajadores del sector del transporte por carretera de mercancías, revocándose, de modo, todo el contenido del anterior Contrato Colectivo de Trabajo.

Cabe señalar, que las empresas que realicen transportes de mercancías por cuenta ajena están obligadas a efectuar varias modificaciones, tanto en el nivel de los recibos de vencimiento, frente a la actualización de los valores y la introducción de nuevas prestaciones en metálico, tanto en cuanto a los contratos de trabajo en particular en lo que se refiere a la definición de las categorías profesionales y la realización de las funciones.

Infra destacamos lo que consideramos como las principales alteraciones, tanto teniendo en cuenta el ahora revocado Contrato Colectivo de Trabajo, bien las reglas generales del Código del Trabajo.

I. Estructura Retributiva

→ suplementos de base Retribución, antigüedad y salario

Existe una actualización del sueldo base para todas las categorías ( por ejemplo : los conductores de luz € 610.00 y 630.00 € conductores de camión) y un aumento en el valor de la antigüedad a 16, 00 €.

En lo que se refiere a los complementos salariales se aplican a la categoría profesional de conductores y corresponden a un porcentaje del salario base vigente (1.01, 1.02, 1.03, 1.04, 1.05, 1.06 y 1.1)

En este contexto, es importante destacar la creación de una nueva clasificación, que ha sido reclamada por el sector, la del conductor ibérico como aquel que realiza viajes regulares a España que incluyen dormida en ese territorio y que tendrá derecho a obtener un complemento salarial, adecuado a la especificidad de dicho transporte

→ asignación TIR en la Ibérica

título asignación Esta TIR aumenta y comienza a aplicar, además de la de conducir internacional (130,00 €), el conductor Ibérica (110,00 €).

→ subsidio trabajo nocturno

a los conductores del transporte Ibérica e internacional se requiere esta subvención y es opcional para el afecto conductor para el transporte nacional.

→ Pago del trabajo suplementario a los trabajadores desplazados - anterior "Cláusula 74ª / 7"

Esta partida, anteriormente aplicada, sólo, al transporte internacional, pasa a ser obligatoria para todos los trabajadores móviles afectados al transporte internacional, ibérico y nacional (con excepción de los que conducen vehículos con menos de 7,5 t).

La misma sustituye el pago del trabajo suplementario (y no el pago del trabajo nocturno).

De este importe debe retirarse el importe de la asignación de trabajo nocturna.

Las empresas están obligadas a sustituir hasta el final del año 2018 cualquier otra forma que utilicen para el pago del trabajo suplementario por este régimen, adaptando los recibos de vencimiento y las declaraciones de remuneración.

→ Pago del trabajo suplementario sábado / domingo / festivo

Se aclara que el pago del trabajo en día de descanso semanal es del doble del valor día, independientemente del número de horas de trabajo prestado y que se debe, en los días de descanso en que el trabajador está desplazado, y que no ha trabajado.

→ subsidio para el fracaso y los riesgos del negocio

El importe de la asignación por defecto se ha actualizado (23,00 €) y se limita a los trabajadores que realizan funciones de caja, colector, empleados de servicio de campo y tesorero.

El nuevo valor de la subvención de riesgo es de 7,5 € por cada día de trabajo efectivo, es debido a los conductores con certificado de formación válido, cuando realicen transportes de materias peligrosas sujeto y no exentos al cumplimiento del ADR.

→ Complemento en caso de enfermedad

En caso de enfermedad y si se produce una situación de internamiento en un establecimiento hospitalario o de convalecencia motivada por la hospitalización, el empleador pagará la diferencia entre la retribución neta obtenida en la fecha de inicio de la incapacidad temporal para el trabajo por enfermedad y la subvención de la seguridad social, hasta 30 días al año.

→ Ayuda de coste diario

Sustituye la anterior forma de pago de los gastos de las comidas, contra presentación de factura. Cuando se desplazan en servicio, los trabajadores móviles tienen derecho, para hacer frente a los gastos de alimentación, dormidos y otros, a una ayuda de coste, cuyo valor se acordará con la empresa pero que está limitado al importe previsto anualmente en orden por publicar a través del ministerio de las finanzas y de la administración pública para el personal de la administración pública. Se garantiza un valor mínimo para el nacional de 21,5 €, para el ibérico de 25,00 € y para el internacional de 35,00 €, calculado en función de las noches pasadas en desplazamiento.

II. Formación del Contrato y Actividad del trabajador

→ Cambio de categorías ocupacionales

, mientras que las categorías anteriores no se adaptaban a la realidad práctica, se han creado nuevas categorías profesionales, tales como Ventas / Marketing Manager; Gestor de contratos de mantenimiento; Gestor de Flota; Gestor de plataformas; Gestor de sistemas informáticos; Gerente de Transportes; Responsable de la calidad; Conductor de ligeros; Conductor de pesados; Conductor de tractores, apiladores y grúas.

En el caso de los trabajadores ya admitidos en la fecha de entrada del CCT, en caso necesario, se procederá a una redenominación de la categoría profesional.

→ cargas y descargas

Para que los conductores estén obligados a hacer cargas y descargas, tal tiene que estar establecido en el contrato de trabajo, o estar asociado a la naturaleza del servicio, como es el caso de la distribución, del transporte de combustibles, graneles y porta-automóvil.

→ Incremento del periodo experimental

duración del período experimental aumenta y varía en función del tipo de contrato de trabajo (o duración indefinida) y las categorías. En el caso de los conductores de pesados, con contrato por tiempo indefinido, pasa de los quince (15) a noventa (90) días, a lo que se suma, el período relativo a la formación inicial que se haya prestado. Para los conductores de ligeros, con contrato por tiempo indefinido, pasa de los quince (15) a noventa (90) días.

III. Derechos, Deberes y Garantías de las partes

→ Funciones controladores específicos

deberes de los trabajadores se actualizaron y crean obligaciones específicas para los trabajadores con la categoría de conductor, tales como órdenes de respeto, instrucciones de trabajo y la legislación en materia de tiempos de conducción, pausas, el descanso, y el uso de el tacógrafo, la estiba y la protección de las mercancías, el mantenimiento de los vehículos, la conducción económica y defensiva, los trayectos, la adquisición de gasóleo y la custodia de las tarjetas y códigos.

La violación de órdenes e instrucciones de trabajo en cualquiera de las materias mencionadas se considera, en términos disciplinarios, particularmente grave.

→ Cambio del lugar de inicio del servicio

Se prevé la posibilidad de modificar el lugar de inicio del servicio, siempre que la distancia entre ese lugar y la residencia del trabajador sea igual o no superior a diez (10) kms, y el empresario, si tal cambio implica un aumento los gastos para el trabajador, debidamente comprobados, pagar tal aumento.

→ Compensación y descuentos a cambio

, ahora es posible hacer que el empleador / compensaciones descuentos durante la ejecución del contrato de trabajo, a cambio de reclamaciones o multas de responsabilidad del trabajador, siempre que la decisión, no impugnada, de medidas disciplinarias.

Para hacer el descuento relativo a otros gastos (pérdida o uso indebido de instrumentos de trabajo) con el límite de 1/10 de la retribución mensual liquida, junto con el descuento debe ser junto documento que permita identificar la naturaleza y la responsabilidad de la deuda.

→ Costo de formación profesional y período de retención

pasa a ser una obligación del empleador suposición de costos con la renovación de la tarjeta de cualificación del conductor (CQM), el certificado de aptitud para el conductor (CAM), el certificado ADR cuando sea necesario para el ejercicio de sus funciones, y de la tarjeta de conductor y de los certificados.

En el caso de la obtención del CQM y CAM, se define un período mínimo de permanencia del trabajador en el empleador de cinco (5) años. Si el contrato de trabajo se termina antes de que el período obligatorio de la estancia, el trabajador tendrá que devolver el importe proporcional al período faltante

→ utilización de equipos tecnológicos

de vigilancia remota La ubicación de los instrumentos en el espacio y telemetría no se consideran significa en lugar de trabajo y tales datos, pueden ser utilizados para procedimientos disciplinarios y contraordenadores.

→ Prevención y Control de alcohol

se convierte en obligatoria la realización de las pruebas de detección de drogas y alcohol en el caso de accidente de trabajo o si los trabajadores presentan un comportamiento indiciador.

IV. Organización y duración del tiempo de trabajo

→ límites de las horas de trabajo

Como una novedad, como el trabajo realizado en el intervalo de 0 a 5 horas, se estipula que en los casos justificados por razones objetivas o la organización del trabajo, se permitió a las horas de trabajo, incluyendo el trabajo suplementario, pueda exceder de diez (10) horas al día. Se define el concepto de día, siendo el período de veinticuatro (24) horas, a partir del inicio de la jornada de trabajo.

La duración del trabajo semanal de los trabajadores móviles no podrá exceder de 60h ni 48h en promedio en un período de cuatro meses, incluido el trabajo suplementario.

→ Tiempo de disponibilidad

En la CCT, siguiendo la línea de la Directiva comunitaria sobre la organización del tiempo de trabajo de los trabajadores móviles, que no se considera como tiempo de trabajo, cualquier período, que no sea descanso, descanso diario o descanso semanal, la duración previsible sea previamente conocida por el trabajador, en que éste no esté obligado a permanecer en el lugar de trabajo, aunque se mantenga adscrito a la realización de la actividad en caso de necesidad.

→ mínimo eliminación de descanso antes del viaje

a los conductores dedicados al transporte internacional se ha eliminado la obligación de descanso mínimo de veinticuatro (24) horas antes del comienzo de un viaje, descansar esta cayendo a añadirse a los días de descanso semanal y vacaciones que coincidieron con el último viaje.

→ Eliminación de descanso compensatorio por día adicional de descanso semanal funciona

Se aclara que el trabajo realizado en el día de suplemento semanal de reposo (sábado) no confiere un derecho a un descanso compensatorio.

V. Vicisitudes contractual

→ Cambio de los términos del procedimiento disciplinario

Los términos del procedimiento disciplinario se alteran como sigue. Se amplían: el plazo para iniciar el procedimiento disciplinario (de 30 a 60 días) y si hay suspensión preventiva del trabajador, el plazo pasa a treinta (30) días. El plazo de la instrucción (de 45 días para un año) y el plazo para la decisión final (de 8 a 30 días). Por otro lado, se reduce (de 15 a 10 días) el plazo de defensa del trabajador.

Si se trata de un trabajador móvil, los plazos del procedimiento disciplinario, en relación con lo estipulado en el Código del Trabajo, se añaden a la mitad.

→ Cese de la licencia de conducción

La obligación de garantizar el trabajo en otro sector de la empresa sin disminuir la retribución cesa cuando la incautación de un permiso de conducción, se deriva de un crimen y / o contraordenación muy grave, o grave cuando se reitera.

Alertamos que de la aplicación de las normas del Contrato Colectivo no podrán resultar ningún perjuicio para los trabajadores, en particular a nivel de la categoría o de la retribución.

Foto: Archivo Diario de Transporte