La prohibición de fumar en los camiones podría perjudicar la seguridad vial, según Fenadismer

La propuesta de Sanidad de prohibir a los conductores profesionales fumar a bordo del camión, podría resultar perjudicial y comprometer la seguridad vial

La propuesta de Sanidad de prohibir a los conductores profesionales fumar a bordo del camión, podría resultar perjudicial y comprometer la seguridad vial

Desde el anuncio del Ministerio de Sanidad sobre la reforma de la Ley del Tabaco, que prohibiría «fumar en vehículos laborales», ya se han posicionado en contra de esta reforma, no sólo conductores profesionales y transportistas autónomos, ahora es la Federación Nacional de Asociaciones de Transportistas de España (FENADISMER), la que la considera desproporcionada y puede afectar a la seguridad vial

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«En relación al anuncio efectuado por el Ministerio de Sanidad sobre la reforma de la Ley del Tabaco y la prohibición de fumar en vehículos laborales y que, en consecuencia, los conductores profesionales tengan prohibido fumar a bordo de los camiones, desde FENADISMER consideramos desproporcionada esta medida, teniendo en cuenta la especificidad de la actividad por éstos desarrollada».

Por lo que señalan desde la federación de transportistas que en este caso tan particular, los conductores de camiones y los transportistas autónomos, en el desempeño de su trabajo siempre viajan solos en los camiones, por lo que fumando no ponen en riesgo la salud de ninguna persona; por lo que la medida que propone el Ministerio de Sanidad que debe pretender que terceras personas no fumadoras se vean perjudicadas por el humo del tabaco, consideran que «carece de sentido y proporcionalidad en el caso de los conductores profesionales que desarrollan horas de su jornada laboral en solitario, a bordo de un camión»

Es más, sostiene Fenadismer que esta medida, lejos de ser beneficiosa, podría resultar perjudicial y contraproducente para la Seguridad Vial, ya que la gran mayoría de conductores profesionales permanecen solos dentro del vehículo, realizando hasta cuatro horas y media seguidas de conducción, tal y como establece el Reglamento sobre los tiempos de conducción y descanso, de forma que «no permitir que aquellos conductores y transportistas fumadores que voluntariamente así lo deciden, puedan hacerlo, puede generar situaciones de mayor estrés, ocasionando situaciones de ansiedad y alterar con ello sus habilidades de conducción».

Además, desde esta federación consideran también que «esta medida podría resultar discriminatoria por cuanto no contempla idéntica prohibición para los conductores particulares que sí podrían seguir fumando en sus vehículos, incluso si van acompañados de terceras personas y no así a los conductores profesionales que libre y voluntariamente lo decidan, sin que ello afecte a ningún otro acompañante u ocupante del vehículo ya que el desarrollo de su actividad profesional a bordo del vehículo se efectúa en la práctica totalidad de los casos, de manera solitaria, desapareciendo por tanto cualquier razón referida a que la práctica de fumar afecte a terceras personas».

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