Calendario de restricciones en Italia para camiones en 2021

@Samuelsoni_cg.- El Ministerio de Infraestructuras y Transportes italiano ha firmado el calendario de prohibiciones de circulación para camiones en 2021. Este Decreto Ministerial, que todavía no ha sido publicado en el Boletín Oficial, regula las prohibiciones a la circulación de vehículos utilizados para el transporte de mercancías, con una masa total máxima autorizada superior a 7,5 t, en vías extraurbanas, festivos y otros días del año que son particularmente críticos para tráfico rodado.
El Decreto trae algunos cambios respecto al decreto vigente para este año 2020. Para facilitar la intermodalidad, no se aplicará la prohibición a los vehículos utilizados para el transporte intermodal con origen o destino dentro de las fronteras nacionales, siempre que cuenten con documentación adecuada que acredite el destino u origen de la carga y reserva o documento de viaje para el embarque.
También estarán exentos de las prohibiciones, todos los vehículos utilizados para el transporte de alimentos para animales de granja o materiales para su producción. En la lista de las categorías de vehículos para las que no se aplica la prohibición de circular, se han añadido los siguientes casos especiales:
.- Vehículos que, por necesidades urgentes y comprobadas, requieran la intervención de un taller de reparación situado fuera de la localidad donde tiene su sede la empresa.
.- Vehículos que realicen el viaje de regreso a la residencia o domicilio del conductor siempre que no se encuentren a una distancia superior a 50 km desde ese lugar en el momento del inicio de la prohibición y no circulen por tramos de autopista.
En la lista de tipos de mercancías cuyo transporte no está sujeto a la prohibición, se han agregado productos para hacer frente a la actual emergencia sanitaria (COVID-19) que incluyen: equipos de protección personal, productos para la prevención y el tratamiento, productos para la higiene de superficies, interiores y vestuario.
Calendario de prohibiciones:
Enero:
El viernes 1 de enero y el 6 de enero de 9:00 a 22:00 horas
Los domingos 3, 10, 17, 24 y 31 de 9:00 a 22:00 horas
Febrero y marzo:
Todos los domingos de 9:00 a 22:00 horas
Abril:
Viernes 2 de abril 14.00-22:00
Sábado 3 de abril 9:00-16:00
El domingo 4 de abril y el lunes 5 de 9:00-22:00
Martes 6 de abril de 9:00 a 14:00
Los domingos 11, 18 y 25, serán de 9:00 a 22:00 horas
Mayo:
Sábado 1 de mayo 9:00-22:00
Todos los domingos de 9:00 a 22:00 horas
Junio:
Todos los domingos de 9:00 a 22:00 horas
Julio:
Los sábados de 8:00 a 16:00 horas
Los viernes 23 y 30 de 16:00 a 22:00 horas
Los domingos de 7:00 a 22:00 horas
Agosto:
Los viernes 6 y 13 de 16:00 a 22:00 horas
Los sábados 7 y 14 de 8:00 a 22:00 horas y los sábados 21 y 28 de 8:00 a 16:00 horas
Los domingos de 7:00 a 22:00 horas
Septiembre:
Todos los domingos de 7:00 a 22:00 horas
Octubre:
Todos los domingos de 9:00 a 22:00 horas
Noviembre:
El lunes 1 de noviembre de 9:00-22:00
Todos los domingos de 9:00 a 22:00 horas
Diciembre:
Todos los domingos de 9:00 a 22:00 horas
Miércoles 8 de diciembre 9:00-22:00
Sábado 25 de diciembre 9:00-22:00
Transporte de Mercancías Peligrosas
Con carácter general, los transportes de mercancías peligrosas están afectados por las restricciones señaladas. Además, los transportes de mercancías de las clases 1 y 7, con independencia del peso del vehículo, también tendrán prohibida la circulación todos los sábados de 8:00 horas a 24:00 horas y todos los domingos de 00:00 horas a 24:00 horas los fines de semana del 22 de mayo al 5 de septiembre del 2021.
Foto de archivo