¿Cuándo se pueden exceder los tiempos de conducción en la Unión Europea?

¿Cuándo se pueden exceder los tiempos de conducción en la Unión Europea?

Redacción.- Muchos conductores se preguntarán: ¿Cuándo se pueden exceder los tiempos de conducción en la Unión Europea? Con el objetivo de aclarar las dudas sobre las novedades que presenta en el transporte internacional por carretera dentro de la Unión Europea, dentro del Primer Paquete de Movilidad, sobre el Reglamento 1054/2020, la Comisión Europea aclara los casos en los que se puede exceder el tiempo máximo de conducción.

Los casos en los que se puede conducir más tiempo:

.- Para permitir que el vehículo pesado llegue a un lugar de parada y estacionamiento adecuado para garantizar la seguridad de las personas.

.- Con el objetivo de garantizar la seguridad del vehículo o la carga.

En circunstancias excepcionales:

.- En aquellos casos en los que el conductor tenga que llegar a  su lugar de residencia o a la sede de la empresa, para poder tomar con posterioridad un descenso semanal, o un descanso semanal regulador.

La Comisión Europea añade, además que: "Estas dos nuevas exenciones pueden utilizarse cuando, por circunstancias imprevistas fuera del control del conductor o empresa (condiciones meteorológicas, congestión, retrasos en los puntos de carga / descarga, etc.), un conductor no puede llegar a uno de los lugares indicados anteriormente para un descanso semanal sin violar las reglas de descanso diario o semanal ".

Pero no se permite que se exceda el tiempo de conducción, cuando sea necesario que el conductor llegue al lugar de residencia, o sede de la empresa, con el fin de tomar un descanso semanal reducido de recuperación de horas, si para ello el conductor tiene que exceder el tiempo máximo de conducción bisemanal de 90 horas.

Para aclarar las dudas, la Comisión pone un ejemplo: "Si un conductor profesional tiene 56 horas de conducción en la primera semana; puede conducir otras dos horas despues de tomar un descanso de 30 minutos que le permitan tomar un descanso semanal regular. Pero en la siguiente semana, tendrá que asegurarse de no conducir más de 32 horas. Por lo que esta extensión de dos horas deberá compensarse con un periodo de descanso equivalente en su conjunto, antes del final de la tercera semana siguiente a la primera".

Foto: Diario de Transporte