Publicado el Reglamento Europeo de infracciones sobre la pérdida de honorabilidad de las empresas de transporte

Publicado el Reglamento Europeo de infracciones sobre la pérdida de honorabilidad de las empresas de transporte
Imagen del Reglamento sobre la pérdida de honorabilidad
Publicado el Reglamento Europeo de infracciones sobre la pérdida de honorabilidad de las empresas de transporte

@Camioneroleones.-La Comisión Europea publicó el pasado lunes el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/694, que el modifica el Reglamento (UE) 2016/403, sobre las infracciones graves de las normas de la Unión que pueden dar lugar a la pérdida de honorabilidad del transportista, operadores y empresas dedicadas al transporte de por carretera.

Estas nuevas modificaciones legislativas se centran principalmente en aquellas infracciones graves sobre la legislación relativa a los tacógrafos, el desplazamiento de los trabajadores y el cabotaje, que pueden llevar a las empresas, los transportistas y los operadores de transporte a la perdida de la honorabilidad, junto con la reforma de las obligaciones contractuales en lo que se refiere a la seguridad de los trabajadores desplazados y el cabotaje.

En el Reglamento se incluyen las diferentes calificaciones de gravedad, considerándose la más grave las infracciones relativas a los tiempos de conducción diarios que superen en 9 horas o en un 50% más los tiempos de conducción semanales, junto a cualquier infracción que supere los tiempos regulados en un 25%, por lo que pasan a considerarse una infracción grave. Del mismo modo, cuando el conductor no haga uso del tacógrafo, emplee una tarjeta falsa o la de otra persona, así como el empleo de cualquier dispositivo de manipulación del tacógrafo, pasará a considerarse muy grave; el mismo tratamiento tendrá si se elimina o anula el limitador de velocidad del camión.

El principal objetivo de esta modificación del Reglamento de Ejecución (UE) 2022/694, publicado por la Comisión Europea, ese centra en la definición de los distintos grados de gravedad de las infracciones cometidas, por aquellos transportistas, operadores o empresas que con su comportamiento fomentan la competencia desleal en el transporte de mercancías y viajeros por carretera en la Unión Europea. Junto con un mayor control sobre la reiteración de la infracciones consideradas más graves, para lo que la Comisión deberá tener en cuenta el número de vehículos en las que se comenten y no tanto sobre el número de conductores.

Este mismo día la Comisión Europea publicó el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/695, por el que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 2006/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la fórmula común para calcular la clasificación de riesgos de las empresas de transporte, que puede consultarse en este enlace: Reglamento Ejecución 695 de 2022 fórmula común para calcular la clasificación de riesgos de las empresas de transporte.

En este documento se explica que se implementará en toda la UE una fórmula común para calcular la calificación de riesgo de una empresa. Al hacerlo, la Comisión debería “tener en cuenta todas las infracciones susceptibles de afectar la calificación de riesgo de las empresas”. Por lo que para ser más precisos, se debería incluir el número, la gravedad y la frecuencia con que se producen las infracciones, los resultados de los controles en los que no se ha detectado ninguna infracción y si una empresa de transporte por carretera ha estado utilizando un tacógrafo inteligente.

Para una mejor información para los transportistas, operadores y empresas, en este enlace se puede leer el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/694 de la Comisión, de 2 de mayo de 2022, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2016/403 en lo que respecta a las nuevas infracciones graves de las normas de la Unión que pueden dar lugar a la pérdida de honorabilidad del transportista por carretera: Reglamento de Ejecución (UE) 2022/694 de la Comisión, de 2 de mayo de 2022,

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