Investigado el conductor de un camión de mercancías peligrosas por sextuplicar la tasa de alcohol

imagen de un Guardia Civil en un control de alcoholemia
imagen de un Guardia Civil en un control de alcoholemia
Investigado el conductor de un camión de mercancías peligrosas por sextuplicar la tasa de alcohol

A las 13:00 horas del pasado día 27 de julio, la Central Operativa de Servicios de la Guardia Civil de Zamora recibía varias llamadas de ciudadanos anónimos, que alertaban de la conducción negligente de un conductor , el cual circulaba dando bandazos por la A 52. Esta persona conducía un camión cisterna destinado al transporte de mercancías peligrosas.

El Subsector de tráfico de la Guardia Civil de Zamora estableció un dispositivo con la finalidad de detener el camión con la mayor rapidez y seguridad posible para el conductor y resto de los usuarios de la vía, dado el riesgo que suponía la conducción negligente que supuestamente venía realizando y la carga que pudiera transportar.

Una vez interceptado el vehículo en el punto 0.100 de la A52, al conductor de la cisterna se le somete a la prueba de detección de alcohol, arrojando esta una tasa seis veces la permitida para conductores profesionales (0.15 mililitros por litro en aire expirado o 0,3 gramos por litro de sangre).

En el momento de la detención del camión, la cisterna (que había transportado peróxido de hidrógeno) iba vacía, pero sin haber realizado el correspondiente lavado de la cuba. La inhalación, contacto e ingestión, aunque sea de los restos del producto trasportado, son perjudiciales para la salud. Motivo por el cual la normativa de transportes, obliga al lavado después de realizar la descarga del producto. El conductor del camión circulaba dando bandazos por la autovía A-52. Las diligencias instruidas fueron puestas a disposición del Juzgado de Guardia de Benavente.

La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas esta penada prisión de tres a seis meses o pena de multa de seis a doce meses o la pena de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días. En cualquiera de los casos se encuentra regulada la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a un año y hasta cuatro años.

Este tipo acciones a la hora de conducir todo tipo vehículos y más tratándose de vehículos que contengan o hayan contenido mercancías peligrosas (con el riesgo añadido que este tipo de transportes conllevan), son irresponsabilidades cometidas por los conductores, que ponen en grave riesgo integridad física, tanto del infractor como al resto de usuarios de nuestras carreteras. Las diligencias instruidas fueron puestas a disposición del Juzgado de Guardia de Benavente.

Fuente: zamora24horas.com