AETRAM pide a la DGT que las empresas puedan conocer los puntos del carnet de sus conductores

Un error de la DGT puede dejarte sin puntos en el carné
Un carnet de conducir retirado
AETRAM pide a la DGT que las empresas puedan conocer los puntos del carnet de sus conductores

Redacción.- La Asociación de Empresarios de Transporte en Autocar de Madrid (AETRAM), ha solicitado a la Dirección General de Tráfico un acceso directo y más simplificado que el actualmente regulado sobre cesión de datos del Registro de Conductores e Infractores de la DGT.

La solicitud tiene como objetivo que las empresas puedan conocer en todo momento además del apto/no apto de sus conductores, el número de puntos que tienen en vigor para poder controlar estas deficiencias que puedan afectar a los conductores profesionales de sus plantillas, tratar de solucionar, con la realización de cursos de recuperación de puntos antes de agotarse el crédito disponible, estas situaciones de posible retirada del carnet de conducir por pérdida de puntos y con el objeto de conocer en cualquier momento y de una forma directa la situación administrativa de las autorizaciones para conducir de los trabajadores-conductores de sus empresas, dato de trascendental importancia en el desarrollo de su relación laboral así como la de los servicios a efectuar.

Además de esta petición se ha solicitado a la Jefatura Provincial de la DGT la mejora en el servicio de cita previa que actualmente se viene prestando dado que se están tramitando gestiones de tráfico con más de un mes de retraso, al respecto, se ha solicitado que las empresas, dado que no son particulares ni titulares de vehículos privados y por tanto solicitan una gestión para vehículos industriales, comerciales y de servicio público, tengan una consideración diferente y privilegiada distinta que el vehículo privado o particular, dado que se precisan los documentos para vehículos de servicio público que no pueden estar paralizados a la espera de un trámite burocrático.

Por último y en relación con el proyecto de modificación del Reglamento General de Conductores que traslada básicamente la nueva Directiva de la Unión Europea 2018/645 para que los conductores profesionales a partir de 18 años contando con el Certificado de Aptitud Profesional (CAP) de cualificación inicial puedan conducir tanto servicios domésticos de transporte de viajeros que no superen los 50 km cómo llevar autobuses en vacío sin límite kilométrico en el territorio de cada país, se ha solicitado informacion sobre el estado en la tramitación de esta modificación legal.

Foto: Archivo Diario de Transporte