Declaran procedente el despido de un conductor de ambulancia por dar positivo en consumo de drogas

Declaran procedente el despido de un conductor de ambulancia por dar positivo en consumo de drogas
Procedente el despido de un conductor de ambulancia por consumo de drogas
Declaran procedente el despido de un conductor de ambulancia por dar positivo en consumo de drogas

Europa Press.- La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha considerado como procedente el despido de un conductor de ambulancia por dar positivo en un control de drogas de la Guardia Civil de Tráfico.

En un fallo difundido este sábado por el Alto Tribunal gallego y contra el que cabe recurso, los magistrados revocan la sentencia de primera instancia que daba la razón al trabajador y ordenaba la readmisión en la empresa, además del pago de una indemnización. El conductor, que prestaba servicio para la Fundación Pública Urxencias Sanitarias de Galicia-061, fue despedido en marzo de este año después de dar positivo por drogas en un control aleatorio de la Guardia Civil.

La infracción motivó la inmovilización de la ambulancia por un período de 45 minutos, además de la imposición de una multa de 1.000 euros acompañada de la pérdida de seis puntos en el carné de conducir. Por este motivo, la empresa decidió prescindir del conductor, que recurrió su despido en los tribunales. En primera instancia, éstos dieron la razón al conductor en un fallo que ahora revoca la Sala de lo Social del TSXG al considerar que el empleado "rompió la buena fe contractual" con su conducta.

Y es que, según apuntan en su argumentación, el cargo que desempeñaba conllevaba "múltiples riesgos y la exigencia de las completas aptitudes durante la prestación de servicios" por lo que, al hacer uso de drogas antes de iniciar su jornada, puso "conscientemente" en "riesgo" las obligaciones de mantenerse con la "máxima diligencia y atención".

Uno de los argumentos del reclamante era que había consumido los estupefacientes con antelación suficiente para que no repercutiesen en sus aptitudes físicas en el inicio de su jornada laboral, una línea que tumba la sala del TSXG, que determina que el momento del consumo "carece de importancia" al no tratarse de un proceso penal "en el que habría que valorarse cuándo se produjo o la influencia que podría haber provocado en la seguridad vial".

"El hecho de hacerlo y de que en su organismo todavía hubiese trazas que dieron positivo en un control de carretera, implica, por su parte, la asunción de un riesgo que quiebra la confianza de la empresa y conduce a justificar su despido", inciden los magistrados, que establecen en su sentencia que el despido dictado por la empresa se ajustó "plenamente" a derecho por tratarse el consumo de drogas en una falta "muy grave".

Foto de archivo