Los radares móviles y la "Regla del 7"

@MikelGF.- Los distintos tipos de radar ubicados en las carreteras de España cuentan con diferentes parámetros para detectar el exceso de velocidad y es importante tenerlo en cuenta a la hora de circular a la velocidad correcta para no ser sancionados. La DGT estableció la "Regla del 7" para los cinemómetros móviles que calculan la velocidad con un margen de error de entre el 3 y el 7%, en función de la antigüedad de los mismos.
Para las vías con el límite de velocidad inferior a los 100 Km/h el radar cuenta con un margen de error de 7 kilómetros. Es decir, detectará a todos aquellos vehículos que superen en 7 km/h el límite máximo de velocidad. En carreteras convencionales con límite de 90 km/h, el radar saltará a partir de los 97 km/h. En velocidades inferiores a 100 km/h no se aplica el porcentaje si no el número concreto (7) ya que a velocidades bajas es difícil para el conductor conocer la velocidad exacta a la que circula, salvo que el velocímetro del vehículo sea digital. Por ejemplo, si el límite de velocidad de una vía está establecido a 30 km/h, el radar saltaría a 33 km/h, en lugar de los 38.
En autovías y autopistas que el límite de velocidad es superior a 100 km/h, se aplica la regla del 7%. Si el tramo controlado por el radar se puede circular a 120 km/h, no saltará mientras no se superen los 128,4 km/h, si esta limitado a 100 km/h, a los 107 km/h.
Aunque no se aplica la "Regla del 7", recordamos el margen de error en el caso de los radares fijos: para velocidades de hasta 100 km/h, cuentan con 5 km/h de margen. Para más de 100 km/h, los radares están calibrados con un margen del 5%. En los tramos de velocidad controlada, el radar calcula la velocidad media del tramo controlado con la obtención de imágenes al principio y al final del mismo.
Los radares que transportan los helicópteros Pegasus, captan las imágenes a 300 metros de altura y a una distancia de 1.000 metros. En las vías por debajo de los 100 km/h tienen un margen del 10 km/h y del 10% para las vías en las que se pueda superar esa velocidad.
A pesar de que estos márgenes de error de los radares son públicos, la AEA lleva nueve años denunciando su incumplimiento por parte de la DGT al no aplicarlos en muchas ocasiones. La última sentencia ha sido dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Pontevedra.
(Foto de archivo)