Transportes distribuirá 8 millones de mascarillas para el sector del transporte

CETM pide urgentemente medidas de seguridad para los conductores
Un conductor con mascarilla
Transportes distribuirá 8 millones de mascarillas para el sector del transporte

@Samuelsoni_cg.- El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha publicado en el BOE la Orden TMA/263/2020, de 20 de marzo, por la que se regula la adquisición y distribución de mascarillas para que el personal relacionado con el sector del transporte pueda seguir desempeñando sus funciones con la debida protección de la salud.

El Ministerio procederá a adquirir de manera centralizada, mediante adjudicación directa y tramitación de emergencia, un máximo de 8.000.000 de mascarillas protección FFP2 con objeto de su posterior distribución en el ámbito del sector del transporte, con motivo de la situación de emergencia de salud pública provocada por el COVID-19.  Una vez adquirido dicho material, se procederá a su distribución con arreglo a los criterios de reparto establecidos en dicha Orden.

Las mascarillas se distribuirán al personal que presta sus servicios en el sector del transporte en áreas de riesgo, según los criterios indicados con carácter general por el Ministerio de Sanidad, distribuyéndose a los trabajadores relacionados con el servicio de transporte público de competencia estatal, autonómica y local, así como a los trabajadores del ámbito privado relacionados con el transporte de viajeros y de mercancías en todo el territorio nacional, con objeto de garantizar el abastecimiento.

En el ámbito del transporte por carretera, se incluye en esta Orden el transporte público de viajeros, tanto en vehículos de turismo como en vehículos de más de nueve plazas, lo que implica, transportes regulares de viajeros de uso general, regulares de uso especial, discrecionales en autobús, taxis y arrendamiento de vehículo con conductor, tanto de competencia estatal, como autonómica o local.

Las mascarillas serán distribuidas de acuerdo con los siguientes criterios:

a) A entidades del sector público en el ámbito del transporte de competencia estatal:

.- 80.000 a ADIF y ADIF-Alta Velocidad

.- 620.000 a Renfe

.- 4.800 a ENAIRE

.- 102.000 a AENA para su posterior distribución en el ámbito del sector aéreo

.- 1.128.000 al ente público Puertos del Estado y Autoridades Portuarias para su distribución en el ámbito del sector marítimo, incluida SASEMAR

.- 2.000.000 a Correos y Telégrafos

b) A trabajadores que prestan servicios en el ámbito del transporte terrestre de viajeros y de mercancías, no incluidos en la letra anterior, así como personal del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana: 4.000.000. En este apartado se incluyen conductores de taxis, VTC, camioneros que realicen transporte público de mercancías por empresas autorizadas, conductores de autobuses de líneas de pasajeros privados, así como personal en el ámbito autonómico y local.

Para su distribución y recepción, las asociaciones representativas y entidades públicas competentes de cada uno de los sectores remitirá la correspondiente solicitud a la Dirección General de Transporte Terrestre en el plazo de 2 días las que se necesitan, siendo responsables de su distribución a los destinatarios finales.

(Foto de archivo)