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title: "CETM Animales Vivos avisa de incidencias en las exportaciones ganado por el Puerto de Algeciras"
description: "El principal motivo es que se ha detectado un gran número de incidencias referentes a las planificaciones, las cuales son totalmente dispares a las horas reales de viaje"
url: https://www.diariodetransporte.com/carretera/mercancias/cetm-animales-vivos-avisa-incidencias-las-exportaciones-ganado-por-el-puerto-algeciras/
date: 2024-04-25
modified: 2025-08-11
author: "Redacción de DiariodeTransporte.com"
image: https://www.diariodetransporte.com/wp-content/uploads/2025/08/2024021321133188186.jpg
categories: ["Mercancias"]
tags: ["CETM", "planificación viajes", "Puerto de Algeciras.", "Sanciones.", "Transporte animales vivos"]
type: post
lang: es
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# CETM Animales Vivos avisa de incidencias en las exportaciones ganado por el Puerto de Algeciras

**CETM Animales Vivos**, la asociación de la CETM especializada en el transporte de animales vivos, alimentación animal **y SANDACH** (Subproductos Animales No Destinados Al Consumo Humano), quiere reiterar que el **Reglamento de Ejecución (UE) 2023/372**, de obligado cumplimiento en España desde el 1 de abril de 2024, indica que **no se podrán transportar animales con más de 8 horas de viaje** con destino a los puntos de salida de la UE, a no ser que estén equipados con un puesto de control autorizado, situado a un tiempo de viaje inferior a dos horas.

El **Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación** (MAPA) ha trasladado a CETM Animales Vivos su preocupación por la actual situación que se está dando en el **Puerto de Algeciras** ante la aplicación de este Reglamento. El principal motivo es que se ha detectado un gran número de** incidencias** referentes a las planificaciones, las cuales son totalmente dispares a las horas reales de viaje.

Ante esto, CETM Animales Vivos pide a los **exportadores y transportistas** que realicen las **planificaciones de los viajes** de forma realista. La Administración ha avisado a la organización de la CETM de la realización de un **seguimiento exhaustivo** de todas las planificaciones, contrastando los tiempos de **viaje de los animales con los datos de tacógrafo** de los conductores. Los infractores serán sancionados con cuantías** entre los 600 € y los 3.000 €** (sanción leve según la Ley 8/2003).

Para asegurar que se cumple este Reglamento, todos los operadores (transportistas y exportadores) deberán tener en cuenta el **tiempo de la carga **(30-45 min), el tiempo del **descanso del conductor **(45 min cada 4,5 horas de conducción) y la **velocidad media del viaje**, el cual será de 75 km/hora en el caso de que el trayecto discurra en un 70% por vía de alta velocidad o de 70 km/hora en el caso contrario, es decir por carretera convencional.

Por su parte, CETM Animales Vivos ha realizado un** cálculo aproximado** de las distancias máximas que se puede recorrer con 8 horas de viaje, con el objetivo de facilitar la tarea a todos los operadores, tal y como se puede observar en la siguiente imagen:

![](https://www.diariodetransporte.com/wp-content/uploads/2025/08/distancias_transporteanimal.png)

Por último, CETM Animales Vivos hace un llamamiento a todos sus asociados aconsejándoles que, antes de realizar cualquier viaje, verifiquen que pueden realizar este recorrido sin exceder las 8 horas marcadas en el Reglamento. El **incumplimiento de forma reiterada** de un mismo hecho en menos de dos años implica que la Administración puede **incrementar la cuantía de la sanción** por una acción de reiteración.
