La Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril ha publicado la Resolución de 9 de enero de 2026 por la que se exceptúa temporalmente el cumplimiento de los tiempos de conducción y descanso debido a las protestas de los agricultores en Francia y España.ç
Con el fin de mitigar los efectos, se han establecido las siguientes excepciones:
.- Artículo 6.1: sustituir el límite de conducción diaria máximo de 9 horas por uno de 11 horas.
.- Artículo 6.2: sustituir el límite de conducción semanal máximo de 56 horas por uno de 60 horas.
.- Artículo 6.3: sustituir el límite de conducción bisemanal máximo de 90 horas por uno de 120 horas.
.- Artículo 8.1: reducir los requisitos del descanso diario de 11 horas por uno de 9 horas.
Las excepciones previstas en el apartado anterior se aplicarán desde las 00:00 horas del jueves 8 de enero a las 23:59 del domingo 11 de enero:
1) a los conductores en las operaciones de transporte internacional de mercancías en tráfico internacional con Francia o en tránsito por ella; y
2) a los conductores en las operaciones de transporte de mercancías que hayan transcurrido total o parcialmente por el ámbito territorial de Cataluña y que hayan estado afectadas por las protestas de agricultores y ganaderos.
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