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title: "CONFEBUS considera injustificada la huelga del transporte de viajeros en autobús"
description: "El pasado fin de semana, CONFEBUS alcanzó sendos acuerdos con los sindicatos UGT y SLT para solicitar conjuntamente que se regulen los coeficientes reductores"
url: https://www.diariodetransporte.com/carretera/pasajeros/confebus-considera-injustificada-la-huelga-transporte-viajeros-autobus/
date: 2024-11-26
modified: 2025-08-11
author: "Redacción de DiariodeTransporte.com"
image: https://www.diariodetransporte.com/wp-content/uploads/2025/08/2023100922172624429.jpg
categories: ["Pasajeros"]
tags: ["autobus", "conductores profesionales", "Confebus", "huelga", "Sindicatos.", "Transporte Viajeros"]
type: post
lang: es
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# CONFEBUS considera injustificada la huelga del transporte de viajeros en autobús

La **Confederación Española de Transporte en Autobús (CONFEBUS),** ha emitido un comunicado de prensa, en el muestra su posición al considerar totalmente injustificada la huelga de **conductores profesionales** en el transporte de viajeros en autobús convocada** por los sindicatos CCOO y CGT **para los próximos días.

**El comunicado: **

«El motivo principal de la huelga convocada para **el sector del transporte en autobús **los próximos días **28 y 29 de noviembre, 5, 9 y 23** de diciembre, cuando se convertiría en indefinida, era la presentación de forma conjunta,** organizaciones sindicales** y empresariales, de la solicitud de** coeficientes reductores** para acceder a la jubilación anticipada del personal de conducción, hecho que ha quedado acordado **con UGT y SLT.** Por tanto, entendemos que no **hay motivo** para mantener la convocatoria por parte de** CCOO,** puesto que se ha accedido a la petición de los trabajadores.

El pasado fin de semana, **CONFEBUS **(organización empresarial más representativa del sector de** transporte en autobús, **que integra a más **del 70%** de las empresas del sector) (https://www.diariodetransporte.com/articulo/pasajeros/acuerdo-ugt-confebus-desconvocar-huelga-transporte-viajeros-autobus/20241124143317098226.html)para solicitar de forma conjunta y en el plazo de 15 días hábiles contados a partir de la entrada en vigor del nuevo Real Decreto (**prevista para el mes de febrero de 2025,** el cual regula el procedimiento general para establecer coeficientes reductores que permitan anticipar la edad jubilación** en el sistema de la Seguridad Social,** el inicio del procedimiento para el establecimiento de coeficientes reductores para la anticipación de la edad de jubilación del personal que desarrolla** tareas de conductor/a y conductor/a perceptor/a**. Esta nueva norma surge del acuerdo social alcanzado el pasado 31 de julio de 2024, que fue suscrito por el Gobierno, las organizaciones empresariales **CEOE y CEPYME**, así como por las propias organizaciones sindicales CCOO y UGT.

El pasado 22 de octubre, el **Consejo de Ministros aprobó**, con tramitación de urgencia, el citado proyecto de **Real Decreto**, que posteriormente ha sido sometido a audiencia pública. En este momento, los servicios técnicos y jurídicos están estudiando todas** las alegaciones presentadas** y, una vez finalice este proceso, se remitirá al** Consejo de Estado **para que, en el plazo de 15 días, emita su pronunciamiento. Se espera que el** Real Decreto** entre en vigor el próximo mes de** febrero** de 2025.

La vinculación del inicio de solicitud conjunta** de los coeficientes reductores **al nuevo Real Decreto está motivada por ser la nueva norma más justa, colaborativa y representativa, gracias a la creación de una comisión tripartita que **involucra a todos los actores relevantes,** organizaciones sindicales y empresariales y al Gobierno, la cual analizará de manera** conjunta las solicitudes**, lo que dará más seguridad al sector. Este enfoque asegura un proceso colaborativo y representativo, donde trabajadores, empresarios y gobierno trabajen juntos para tomar decisiones **equilibradas y sostenibles.**

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![](https://www.diariodetransporte.com/wp-content/uploads/2025/08/2024103021073148850.jpg)

(/articulo/pasajeros/acuerdo-ente-slt-confebus-anetra-solicitud-jubilacion-anticipada-coeficientes-reductores/20241125104758098239.html)

Asimismo, será más objetiva y rápida para determinar **los coeficientes reductores,** recabando informes de diferentes organismos y estableciendo un plazo de 6 meses para que el Gobierno de **respuesta a las solicitudes de jubilación anticipada**, lo que garantizará que el proceso sea más rápido, evitando evitará largas esperas que antes podían durar meses o incluso años.

Finalmente, en el citado acuerdo también se recoge **la creación de una mesa** donde se establecerán los mecanismos de compensación efectiva de los desequilibrios financieros derivados del incremento de costes que pueda ocasionar la medida** en los servicios **que prestan las empresas.

Por todos estos motivos, consideramos que queda injustificado continuar con **las movilizaciones de los trabajadores** convocadas por CCOO, ya que se han cubierto las reivindicaciones planteadas».
