El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, mediante la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril, ha aprobado una resolución que fija la nueva identidad visual que deberán lucir los autobuses integrados en la red de servicios públicos de transporte regular permanente y de uso general de viajeros por carretera de titularidad estatal.
Tal y como recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE), esta decisión sustituye la imagen corporativa en vigor desde 2011 con la finalidad de reforzar la proyección de la red como un servicio público actual, fácilmente reconocible y coherente con los principios de movilidad sostenible, cohesión territorial y calidad.
La nueva imagen será obligatoria para todos los autobuses incluidos en contratos de concesión que se liciten a partir de la fecha de publicación de la resolución, así como para aquellos expedientes de concesión convocados después del 1 de enero de 2026 que aún estén pendientes de adjudicación.
El uso de los nuevos elementos distintivos deberá convivir con el resto de la señalización obligatoria del vehículo y no podrá entrar en conflicto con otras obligaciones legales o reglamentarias, admitiéndose su implantación de forma gradual cuando existan circunstancias que así lo aconsejen.
Con esta modificación normativa queda derogada la resolución de 10 de octubre de 2011, actualizando la estética de los vehículos a las necesidades de la nueva etapa del transporte público por carretera.
Resolución de 27 de febrero de 2026, de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril, por la que se establece la imagen distintiva de los autobuses adscritos a la red de servicios públicos de transporte regular permanente y de uso general de viajeros por carretera de titularidad de la Administración General del Estado.
Nueva imagen de aplicación a todos los autobuses adscritos a la prestación de los servicios incluidos en los contratos de concesión de servicio público de transporte regular de viajeros por carretera de titularidad de la Administración General del Estado que se liciten a partir de la publicación de esta resolución, así como a todos los autobuses adscritos a la prestación de los servicios incluidos en los contratos de concesión de servicio público de transporte regular de viajeros por carretera de titularidad de la Administración General del Estado licitados con posterioridad al 1 de enero de 2026 y pendientes de adjudicación en la fecha de publicación de esta resolución, cuyos pliegos determinen la obligación de aplicar en los vehículos la imagen institucional del servicio aprobada en cada momento por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible (artículo sexto).
Las instrucciones oportunas acerca de las características y utilización de los distintivos y símbolos de imagen corporativa se publicarán en la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, a través del enlace indicado en el anexo IV de la Resolución (artículo séptimo).
En este enlace se puede consultar la Resolución del asunto de referencia, publicada en el BOE del día de hoy: Resolución 2.2.2026 DG Transporte Carretera y Ferrocarril. Imagen distintiva autobuses adscritos a la red de servicios regulares
Con la colaboración de Fernando José Cascales Moreno. Abogado. Académico correspondiente de la Real de Jurisprudencia y Legislación. Ex Director General de Ferrocarriles y Transportes por Carretera, y del INTA. Ex Presidente del Consejo Superior de Obras Públicas y de INSA. Ex Inspector General de Servicios del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones Del Cuerpo Técnico de Inspección del Transporte Terrestre.





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