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title: "Transportistas vascos de 63 y 64 años pueden pedir ayudas de hasta 10.000 euros por abandono de actividad"
description: "El programa del Gobierno Vasco está dirigido a profesionales con incapacidad permanente absoluta, total o gran invalidez"
url: https://www.diariodetransporte.com/carretera/transportistas-vascos-63-y-64-anos-pueden-pedir-ayudas-hasta-10000-euros-por-abandono-actividad/
date: 2023-05-20
modified: 2025-08-11
author: "Europa Press"
image: https://www.diariodetransporte.com/wp-content/uploads/2025/08/2023042316295765004.jpg
categories: ["Transporte por carretera"]
tags: ["abandono", "Actividad", "Ayudas", "Transportistas", "vascos"]
type: post
lang: es
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# Transportistas vascos de 63 y 64 años pueden pedir ayudas de hasta 10.000 euros por abandono de actividad

**Los transportistas de 63 y 64 años** a los que les haya sido declarada una incapacidad **permanente absoluta, total o una gran invalidez** pueden solicitar ya las ayudas del Gobierno Vasco al sector del **transporte público de mercancías** y personas viajeras por abandono de actividad para el año 2023 por su avanzada edad, que pueden alcanzar los 10.000 euros en caso de incapacidad permanente absoluta,** total o gran invalidez.**

En 2023, esta línea de ayudas contará con **un presupuesto de 450.000 euros,** lo que supone un aumento de un 12,5% con respecto a los 400.000 euros invertidos en 2022. Las solicitudes pueden presentarse hasta** el próximo 5 de junio.** En el caso del transporte **público de mercancías** en vehículo pesado y transporte público de personas viajeras en autobús, la cuantía individual máxima de la ayuda será de 4.100 euros por cada 6 meses completos hasta cumplir 65 años.

Si se trata del transporte público de mercancías en vehículo ligero, **la ayuda máxima es de 2.600 euros por cada 6 meses** completos hasta cumplir 65 años. Cuando se dé el caso de Incapacidad permanente** absoluta, total o gran invalidez**, la subvención sube hasta los** 10.000 euros**. En el supuesto de simultanear los requisitos de edad y de incapacidad **permanente absoluta, total o una gran invalidez, **se otorga la ayuda que cuantitativamente sea mayor (no la suma de ambas).

El programa de ayudas está dirigido a **transportistas del transporte público de mercancías y personas viajeras** por carretera que a la finalización del plazo de presentación de solicitudes tenga domicilio en la **Comunidad Autónoma del País Vasco** antes del 1 de enero de 2018; edad entre 63 y 64 años, ambos inclusive y/o tener declarada una incapacidad permanente absoluta, total o una gran invalidez para el desempeño de la profesión habitual de transportista, habiendo recaído resolución del** Instituto Nacional de la Seguridad Social** indicando la fecha de aprobación de la pensión.

También debe ser titular de forma ininterrumpida durante **los últimos diez años de una autorización vigente** de transporte público de mercancías o de personas viajeras (autobuses) con un máximo de tres copias, o bien**, simultáneamente de ambas** con un máximo total de tres copias. Se permite una única interrupción, en la** titularidad o vigencia de la autorización**, por un plazo que no supere tres meses. Se entiende vigentes las autorizaciones caducadas por falta de visado que estén rehabilitadas en el momento de presentación** de la solicitud.**

Otro requisito es estar dado de alta en el régimen de trabajadores** autónomos de la Seguridad Social** durante los últimos diez años ininterrumpidamente. Se permite una interrupción** que no supere tres meses**. En los supuestos de incapacidad permanente absoluta, total o gran invalidez, el plazo de diez años se computa desde que ésta les hubiese** sido reconocida.**

Finalmente, se debe adquirir el compromiso de abandonar la actividad de **transporte público de mercancías o de personas viajeras por carretera**, antes del 30 de noviembre de 2023, renunciando de forma definitiva a** las autorizaciones de transporte **de que fuera titular, obligándose a devolver las ayudas obtenidas y los correspondientes intereses **en caso de reiniciarla.** Si la cuantía total de las subvenciones individuales supera la partida presupuestaria consignada (450.000 euros) se prorrateará entre todas las solicitudes que cumplan **los requisitos**.

La petición de las ayudas deberá estar **acompañada por el formulario de solicitud**, el certificado de empadronamiento, la certificación de alta en el régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad Social durante **los últimos diez años continuados**, y el documento de incapacidad o gran invalidez, en su caso, así como la ficha de alta de terceros.
