Redacción.- Desde ayer lunes 13 de abril, como consecuencia del comienzo de algunas actividades, hasta ahora consideradas no esenciales, y desde hoy dia 14 en aquellas Comunidades Autónomas en las que ayer era fiesta, se terminan las excepciones dictadas por el Ministerio de Transporte, Movilidad y Agencia Urbana (MITMA); sobre los tiempos de conducción y descanso de los conductores profesionales, tanto de transporte de mercancías por carretera, como de viajeros.
La Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM), recoge en una comunicado de prensa la información al respecto:
La regulación provisional queincluía cierta tolerancia, como consecuencia de la actual situación de alarma, en el cumplimiento de la normativa sobre tiempos de conducción y descanso, contenida en la Resolución de 26 de marzo de 2020,ha dejado de tener efecto.
Por lo tanto, hasta que elMinisterio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbanapromulgue una nueva Resolución, tal y como la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) ha solicitado a través delComité Nacional de Transporte por Carretera(CNTC), prologando las anteriores excepciones,hay que cumplir íntegramente con los límites de tiempo establecidosen el Reglamento 561/2006.
En nuestra opinión, el transporte de mercancíasestá desarrollando un papel determinante para para evitar el colapso del país, y es importante que nuestros conductoresdispongan de la máxima flexibilidadpara que puedan seguir transportando con la máxima eficiencia las mercancías que tanto necesitamos (material sanitario, medicinas, alimentos y otros bienes de primera necesidad).
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