Dvuelta consigue 558 condenas judiciales contra el Ayuntamiento de Madrid por multas en ZBE

El Ayuntamiento de Madrid tropieza sistemáticamente con los Tribunales de Justicia

El Ayuntamiento de Madrid tropieza sistemáticamente con los Tribunales de Justicia

Dvuelta, entidad dedicada a la defensa de los conductores, acumula ya 558 sentencias ganadas contra el Ayuntamiento de Madrid por multas nulas en las diferentes Zonas de Bajas de Emisiones de la capital.

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Dvuelta ha ganado el 97% de las demandas interpuestas ante los Tribunales en representación de conductores disconformes con las sanciones, lo que señala de manera diáfana “el desprecio por la legalidad y los derechos de los ciudadanos por parte del Consistorio”, en opinión de Pedro Javaloyes, portavoz de la empresa.

En la mitad de los casos (268), los Tribunales han condenado además al Ayuntamiento en costas procesales, demostrando la contundencia del fallo judicial en favor de los conductores madrileños.

Solo en lo que llevamos de 2025, el balance es aún más devastador para el Ayuntamiento: 383 sentencias desfavorables y 224 condenas en costas motivadas por demandas presentadas por Dvuelta, lo que representa casi el 60% de los casos.

Aproximadamente el 60% de las condenas al Ayuntamiento son por multas en la ZBE de Distrito Centro; el 25% en Madrid ZBE y alrededor de un 15% en la ZBE de Plaza Elíptica.

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Algo más de la mitad de lo recaudado en multas por el consistorio madrileño (unos 110 millones de euros) proviene de las sanciones en ZBE, cuyo importe mínimo es de 200 euros.

Reacción cívica

Recurrir multas se ha convertido en una reacción cívica. Se equilibra así la balanza entre una Administración que tiende a convertir la multa en un instrumento recaudatorio y un ciudadano que, de otro modo, quedaría indefenso.

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“Los Tribunales están parando los pies al Ayuntamiento sistemáticamente por el uso masivo e injustificado de las sanciones de ZBE”, afirma Javaloyes. “No solo existe un abuso normativo: hay una clara intención recaudatoria, a costa de los conductores, que la Justicia está desmontando sentencia a sentencia”.

Esta situación no solo refleja un importante cambio en la protección legal de los derechos de la ciudadanía, sino que también plantea serias dudas sobre el modelo recaudatorio utilizado en las Zonas de Bajas Emisiones y la proporcionalidad legal y social de estas medidas.

La base jurídica que deja al Ayuntamiento en evidencia

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El éxito judicial de Dvuelta frente al Ayuntamiento de Madrid en materia de ZBE se basa esencialmente en dos pilares jurídicos, de acuerdo con los argumentos recogidos en las sentencias:

.- Incumplimiento del Art. 242 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible (OMS): El motivo fundamental es que el Ayuntamiento no cumple con el requisito exigido por el Art. 242 de la OMS, que obliga a acreditar documentalmente la instalación de carteles informativos, en lugares visibles, que avisen a los conductores de la captación y transmisión de datos o imágenes para el control de acceso. En ninguno de los procedimientos se ha aportado documento alguno que demuestre la existencia de la señalización reglamentaria, lo que provoca la nulidad de las sanciones por vulneración de derechos básicos de información y defensa.

.- Anulación por el TSJ de Madrid: Existe una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que anula la parte relativa a las Zonas de Bajas Emisiones dentro de la Ordenanza de Movilidad. Esta nulidad supone que todas las sanciones impuestas en virtud de dicha parte de la norma carecen de base jurídica, al estar sustentadas en una regulación anulada por los

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