El TSJ frena en seco el totalitarismo y autoritarismo de CCOO y UGT salvaguardando los intereses de los trabajadores de las VTC en Andalucía

El Tribunal Superior de Justicia y frena en seco el totalitarismo y autoritarismo de CCOO y UGT salvaguardando y garantizando los intereses de los trabajadores de la VTC en Andalucía, a espaldas del resto de organizaciones

El Tribunal Superior de Justicia y frena en seco el totalitarismo y autoritarismo de CCOO y UGT salvaguardando y garantizando los intereses de los trabajadores de la VTC en Andalucía, a espaldas del resto de organizaciones

El pasado 28 de junio de 2022, en Sevilla, se reunieron representantes de UGT y CCOO por la parte social y ANDEVAL y la Asociación de Empresarios VTC Andalucía, por la parte empresarial. Los asistentes a esta reunión y a espaldas de otras organizaciones sociales y empresariales, se irrogaron una representatividad, legitimación y capacidad que no les correspondía para dotar de eficacia y alcance general el convenio que regule las VTC en Andalucía.

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En consecuencia, el pasado 7 de julio se presentó escrito de iniciación de conflicto colectivo impugnando la Comisión Negociadora. Al acto que se celebró sin avenencia el 26 de julio, le siguió la demanda el 2 de septiembre de 2022 como único medio de garantizar los intereses de los trabajadores andaluces de la VTC en algo tan trascendente como es su convenio colectivo.

Mala fe y fraude de ley reconoce el Tribunal.

Ninguneando a las partes, y transcribo la sentencia, «que tienen legitimación inicial para negociar en este ámbito de Comunidad Autónoma de Andalucía, la patronal UNAUTO y el SLT y ello a pesar de tener conocimiento cabal todas las partes (UGT y CCOO) de la legitimación de estas.

Por ello se considera que ha habido mala fe por parte de los constituyentes de la Mesa Negociadora y la ocultación de la constitución de la Mesa a los excluidos se basa en el conocimiento de que SLT es la organización con mayor representación en Andalucía dentro del sector VTC.

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Por ello debe concluirse que esta exclusión no es un hecho subsanable dando participación a posteriori a las mismas, sino que es un acto de voluntad que se ha hecho en claro fraude de ley…»

Nulidad continúa la sentencia:

«Por todo ello deben estimarse las demandas acumuladas, declarando la nulidad de la constitución de la Mesa Negociadora del denominado I Convenio Colectivo de Transporte de Pasajeros en Vehículo Turismo mediante Arrendamiento con licencia VTC en la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como consecuencia de ello la de todos los acuerdos adoptados por dicha Comisión Negociadora porque las legitimaciones inicial (la misma tiene naturaleza institucional), deliberativa y plena o decisorio, exigidas por los artículos 87, 88 y 89 del ET, constituyen requisitos sucesivos y acumulativos de ineludible  cumplimiento, de manera que el presupuesto para alcanzar acuerdos es que se haya producido un negociación con los sujetos que cuentan con la legitimación inicial y deliberativa. Y ello, al no haberse tenido en cuenta el derecho a participar en la misma de las partes demandantes, por cuanto su exclusión vulnero en cuanto a la Asociación profesional UMAUTO VTC las previsiones de la Ley 19/1977 de 1 de abril de Asociación sindical y en cuanto al sindicato SLT su derecho a la libertad sindical en su vertiente funcional a la negociación colectiva, garantizada por por los arts. 28. 1 y 37. 1 CE, en relación con el art. 2. 2. d LOLS y art. 87. 2 c) y 87. 3 c) ambos del ET.»

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Solo nos queda felicitarnos por este gran paso dado en Andalucía y confiar en que ahora sí, los trabajadores de VTC andaluces tendrán el mejor convenio posible.

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