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title: "Los sindicatos hacen un llamamiento a los autónomos para que secunden la huelga de conductores"
description: "CCOO y UGT han asegurado que la huelga para pedir la jubilación anticipada de los camioneros y conductores de autobuses también concierne a los autónomos"
url: https://www.diariodetransporte.com/general/los-sindicatos-hacen-un-llamamiento-los-autonomos-para-que-secunden-la-huelga-conductores/
date: 2024-10-18
modified: 2025-08-11
author: "Europa Press"
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categories: ["General"]
tags: ["Autónomos.", "conductores profesionales", "huelga", "Sindicatos.", "Transportistas"]
type: post
lang: es
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# Los sindicatos hacen un llamamiento a los autónomos para que secunden la huelga de conductores

**CCOO y UGT** han asegurado que la huelga para pedir la jubilación anticipada de **los camioneros y conductores de autobuses** también concierne a los autónomos que trabajan en el sector, por lo que **les instan a apoyar y secundar la huelga **que se llevará a cabo los días 28 de octubre, 11, 28 y 29 de noviembre, 5 y 9 de diciembre, y de forma indefinida a partir del 23 de diciembre.

Los sindicatos explican en un comunicado que el adelanto de **la jubilación por peligrosidad de la profesión** también se le aplicaría a los autónomos, por lo que también pueden unirse, aunque al no ser asalariados, se trataría de un cese temporal de su actividad.

«CCOO y UGT defienden el adelanto de la edad de** jubilación tanto de personas asalariadas** como de trabajadores autónomos. El mismo bloqueo que sufren las personas asalariadas del sector lo sufren también las personas trabajadoras autónomas a pesar de que sus derechos están recogidos por ley», aseguran.

En concreto, citan el artículo 26.4 de la Ley 10/2007 de**l Estatuto del Trabajo Autónomo**, que establece que «en atención a la naturaleza tóxica, peligrosa o penosa de la actividad ejercida, y en los términos que reglamentariamente se establezcan, los trabajadores autónomos afectados que reúnan las condiciones establecidas para causar derecho a la pensión de jubilación, **con excepción de la relativa a la edad,** podrán acceder a la jubilación anticipada, en los mismos supuestos y colectivos para los que esté establecido dicho derecho respecto de los trabajadores por cuenta ajena».

También contempla que «con carácter progresivo, **se llevarán a cabo las medidas necesaria**s para que, de acuerdo con los principios que inspiran esta ley, se logre la convergencia en aportaciones y derechos **de los trabajadores autónomos** en relación con los establecidos para los trabajadores por cuenta ajena incluidos en el régimen general de la Seguridad Social.
