La Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) ha remitido una comunicación al Ministerio de Trabajo y Economía Social con motivo de la próxima aprobación de un Real Decreto de desarrollo del Estatuto de los Trabajadores en materia de registro de jornada.
En dicha carta, la CETM subraya la importancia de que la futura norma reconozca expresamente que el tacógrafo constituye un instrumento válido para el registro de la jornada laboral de los conductores profesionales.
Este dispositivo, obligatorio desde 1986 en vehículos de más de 3,5 toneladas, permite monitorizar de manera rigurosa y segura los tiempos de conducción, trabajo, disponibilidad y descanso de los profesionales, y está plenamente integrado en la operativa diaria de los conductores profesionales, así como en los mecanismos de inspección de transporte y de trabajo, garantizando una trazabilidad completa y verificable de la jornada, señalan desde la confederación empresarial.
Un sistema fiable
Desde la CETM destacan que el tacógrafo, tanto en su versión digital como en la versión inteligente de última generación disponible desde 2023, es un sistema fiable, homologado y auditado, diseñado específicamente para un colectivo cuya actividad es móvil, transfronteriza y regulada por normativa europea estricta.
Por lo que la introducción de métodos adicionales de registro podría generar duplicidades, cargas administrativas innecesarias y confusión jurídica, sin aportar mejoras reales en la supervisión de los conductores.
Reconocimiento oficial
Por ello, la CETM solicita al Ministerio de Trabajo que reconozca de manera explícita al tacógrafo como sistema suficiente y adecuado para el registro de la jornada laboral de los conductores profesionales, garantizando seguridad jurídica y compatibilidad con la regulación europea.
La CETM se muestra además dispuesta a mantener reuniones con el Ministerio o aportar la información técnica necesaria para contribuir a la elaboración de un marco normativo coherente y eficaz para el sector.



Eso no cumple de ninguna manera el propósito de la jornada laboral. Ya que hace falta la interpretación de un perito para entenderlo. Además no tiene acceso remoto, y no permite la interconexión con la Inspección de Trabajo.
A ver si lo ponen de una puñetera vez, y ponen multas suficientemente disuasorias, como para que lo pongan absolutamente todos.