---
title: "El Consejo de Ministros aprueba el Real Decreto que fija el salario mínimo interprofesional"
description: "El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2026"
url: https://www.diariodetransporte.com/general/ministerios-y-leyes/el-consejo-de-ministros-aprueba-el-real-decreto-que-fija-el-salario-minimo-interprofesional/
date: 2026-02-17
modified: 2026-02-17
author: "Redacción de DiariodeTransporte.com"
image: https://www.diariodetransporte.com/wp-content/uploads/2025/09/2024030717403959864.jpg
categories: ["Legislación"]
tags: ["Consejo de Ministros", "Real Decreto", "Salario mínimo", "SMI", "trabajadores"]
type: post
lang: es
---

# El Consejo de Ministros aprueba el Real Decreto que fija el salario mínimo interprofesional

El **Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto** por el que se fija el **salario mínimo interprofesional para 2026.** El real decreto sube el importe del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2026 un 3,1%, hasta los 1.221 euros mensuales en 14 pagas, exento de tributación. El nuevo importe se aplicará con carácter retroactivo desde el** 1 de enero de 2026.**

La cifra se ha acordado con los sindicatos mayoritarios, **CCOO y UGT, en la Mesa de Diálogo social**. El acuerdo contempla abordar, además, que la subida sea efectiva para las personas trabajadoras con una regulación específica que** evite mecanismos de compensación** y absorción de los complementos específicos de las personas trabajadoras.

En el año 2026, el SMI se incrementa** 37 euros mensuales en 14 pagas**, suponiendo un incremento de 518 euros anuales** hasta los 17.094,** sin tributación en concepto de IRPF. Desde el año 2018 el SMI ha aumentado un 66%. Un incremento de 485,10 euros al mes y 6.791,4 euros al año.

Según la estimación obtenida con datos a partir de la Encuesta de Población Activa (EPA) de 2024, la subida beneficiará a unos** 2,5 millones de personas trabajadoras.**

Las personas trabajadoras en contratos de duración determinada de menos de 120 días** no podrán percibir una cuantía inferior a 57,82 euros por jornada legal** en la actividad. En el caso de las empleadas de hogar que trabajen por horas en régimen externo no podrán percibir menos de 9,55 euros por hora efectivamente trabajada.

**Andalucía, Madrid, Comunitat Valenciana y Cataluña** son las comunidades en las que más personas beneficiarias percibirán esta referencia salarial.
