El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se autoriza la adquisición de compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a fin de posibilitar al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible la financiación de la concesión directa de subvenciones a los ciudadanos para la obtención de permisos de conducción de las clases C y D.
La Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril, adscrita al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible (MITMS), solicitó, con base en lo establecido en el apartado 3 del artículo 47 de la Ley 47/2003, que se autorizara la adquisición de compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en la aplicación presupuestaria ‘Programa de apoyo a ciudadanos para la mejora de la competitividad en el transporte por carretera’, según nivel de vinculación, la cual carece de dotación inicial en el presupuesto vigente para 2025.
El Consejo de Ministros aprobó, con fecha 12 de noviembre de 2025, el Real Decreto 1030/2025, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la obtención de permisos de conducción de las clases C y D.
Este Real Decreto tiene como objeto regular la concesión directa de una subvención, por parte de la Administración General del Estado, a favor de aquellas personas que, estando en posesión del título de Técnico en Conducción de Vehículos de Transporte por Carretera, o habiendo completado el primer curso del ciclo formativo para la obtención del título estén matriculadas en todas las materias del segundo curso o que, sin cumplir los requisitos anteriores, sean titulares del certificado de aptitud profesional para la conducción de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, obtengan un permiso de conducción perteneciente a las clases C o D, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo.
Asimismo, también se pretende financiar la obtención del permiso de conducción de la clase B por parte de aquellas personas que no dispongan de este, condicionada a la posterior obtención de un permiso de conducción de las categorías C o D.
La subvención se concede con el objetivo de paliar la escasez de conductores profesionales, contribuyendo mediante esta medida a aliviar uno de los principales desafíos a los que se enfrenta el sector del transporte por carretera en España, reduciendo así la barrera económica que supone para numerosas personas acercarse a la profesión de conductor de vehículos para el transporte de mercancías y viajeros por carretera.
Por su parte, el artículo 6 del citado Real Decreto indica que la cuantía total de la subvención asciende a 500.000 euros, con cargo al Presupuesto de Gastos del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, con la distribución por anualidades.
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A la vista de cuanto antecede, la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril decidió incoar el presente expediente de solicitud de autorización para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros con el detalle que se recoge a continuación:
Año | Compromisos ya adquiridos | Nuevas necesidades | Compromiso máximo a adquirir |
| 2026 | – | 400.000 | 400.000 |
| 2027 | – | 100.000 | 100.000 |
| TOTAL | – | 500.000 | 500.000 |
Por lo expuesto, se solicitó autorización para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, en la aplicación presupuestaria ‘Programa de apoyo a ciudadanos para la mejora de la competitividad en el transporte por carretera’, según nivel de vinculación, para las anualidades de 2026 y 2027, de conformidad con lo establecido en el apartado 3 del artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.



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