Fenadismer pide actualizar en el IRPF las dietas de los conductores asalariados que llevan congeladas desde 2002. Esta petición se hace conjuntamente con la Asociación Nacional de Empresarios de Transporte en Autocar (Anetra) ya que esta medida afecta tanto al sector del transporte de mercancías por carretera como al de viajeros en autobús.
23 años llevan «congelados» los límites de exención en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) aplicables a los gastos de manutención, lo que coloquialmente se denominan dietas del personal asalariado del transporte por carretera, especialmente de los conductores, desde su última actualización en el año 2002 por el Ministerio de Hacienda, pese a que en todo este tiempo la inflación se ha incrementado en un 81%, esto es, el coste de la vida y por ello de los gastos de comida y otros que soportan los transportistas en su actividad profesional diaria.
Por ello, Fenadismer junto con Anetra han planteado esta reivindicación, que plantearán al resto de organizaciones que componen el Comité Nacional del Transporte por Carretera (CNTC) para instar al Ministerio de Hacienda a la actualización de estos importes mediante la modificación de la normativa del IRPF para incorporar estos nuevos límites.
ANETRA pide actualizar los límites de exención de dietas en el IRPF tras 23 años sin revisión
Ambas organizaciones subrayan que esta solicitud de actualización no supone un incremento salarial, sino la recuperación del poder adquisitivo perdido por las dietas, cuyo fin es compensar gastos reales de los trabajadores durante sus desplazamientos, la cual cuenta además con el respaldo de una reciente Sentencia del Tribunal Supremo del año 2025, que unifica doctrina al establecer que las dietas de manutención y estancia abonadas a los conductores deben quedar excluidas de la base de cotización a la Seguridad Social, siempre que no superen los límites legales y se acredite la realidad del desplazamiento, aclarando el fallo que no es necesaria la justificación documental individual de cada gasto, reforzando la seguridad jurídica del sector.
Hay que tener en cuenta que los límites actuales –26,67 € al día por manutención en territorio nacional y 48,08 € en el extranjero sin pernocta– se fijaron hace más de dos décadas y no reflejan la realidad económica actual, ni el incremento del coste de la vida para los profesionales que pasan largas jornadas fuera de su domicilio.
Además, Fenadismer y Anetra destacan que estos importes están muy por debajo de los reconocidos para empleados públicos y de las cantidades admitidas en países de nuestro entorno europeo, lo que agrava la brecha competitiva del sector.





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