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title: "Irlanda amplía los tiempos de conducción y descanso a los camioneros por las bloqueos de días pasados"
description: "Irlanda ha emitido un decreto por el que se flexibiliza temporalmente los tiempos de conducción y descanso de los camioneros y transportistas"
url: https://www.diariodetransporte.com/general/ministerios-y-leyes/irlanda-amplia-los-tiempos-de-conduccion-y-descanso-a-los-camioneros-por-las-bloqueos-de-dias-pasados/
date: 2026-04-14
modified: 2026-04-14
author: "Julio Gómez"
image: https://www.diariodetransporte.com/wp-content/uploads/2026/04/CONDUCCIONYDESCANSOIRLANDA.jpg
categories: ["Legislación"]
tags: ["camioneros", "conducción y descanso", "Irlanda", "transporte mercancías", "Transportistas"]
type: post
lang: es
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# Irlanda amplía los tiempos de conducción y descanso a los camioneros por las bloqueos de días pasados

El Gobierno de Irlanda ha emitido un decreto por el que se flexibiliza temporalmente **los tiempos de conducción y descanso de los camioneros y transportistas** de mercancías por carretera con** el objetivo de restaurar las cadenas de suministro** después de los bloqueos que durante varios días han paralizado el transporte, con bloqueos en los puertos y cierres de carreteras en protesta por le incremento de** los precios de los combustibles. **

Por ello el ministro de Transportes, **Darragh O’Brien,** aprobó la prórroga de la excepción temporal a ciertos requisitos de **horas de conducción y periodos de descanso** para el** transporte de mercancías** dentro de Irlanda.

El objetivo es brindar cierta flexibilidad a los conductores **en estas circunstancias excepcionales y urgentes**, y apoyar la recuperación total de la cadena de suministro nacional de energía y **alimentos durante un periodo de intensa presión**, manteniendo un equilibrio entre el bienestar de los conductores y la seguridad vial.

> Esta medida amplía la excepción aprobada el 11 de abril para los transportistas por carretera que transportan combustible líquido utilizado para calefacción doméstica o como propulsor dentro de Irlanda.

*«El transporte de mercancías de todo tipo dentro de Irlanda** se ha visto gravemente afectado por los bloqueos en los puerto**s, las protestas intermitentes y el cierre de nuestra red de carreteras. Si bien hemos restablecido el acceso a los puertos y a la infraestructura de combustible, el sector del transporte sigue viéndose afectado por el impacto acumulativo de los bloqueos. El Gobierno está trabajando activamente para apoyar la recuperación, y mi aprobación para extender la excepción se produce tras las gestiones realizadas por representantes del sector agrícola, del comercio minorista y de otros departamentos gubernamentales, que han puesto de relieve las repercusiones intersectoriales de los recientes acontecimientos. Los funcionarios de mi Ministerio seguirán supervisando de cerca esta situación»*, **declaró el ministro irlandés de transportes,**

**Para el Ministro de Transportes, Darragh O’Brien:** *“El sector del transporte por carretera es de importancia estratégica nacional. Esta excepción aporta la flexibilidad y la tranquilidad que tanto necesitan quienes trabajan en toda la cadena logística y de suministro, ayudándoles a retomar sus prácticas comerciales habituales lo antes posible. Por supuesto, la seguridad de los conductores y demás usuarios de la vía no debe verse comprometida, y estas extensiones solo deben utilizarse cuando sea necesario.”*

**Por su parte, el Ministro de Estado responsable de Transporte Internacional y por Carretera, Logística, Ferrocarriles y Puertos, Seán Canney afirmó que:** *“Los transportistas distribuyen suministros esenciales por todo el estado, lo que permite el funcionamiento de infraestructuras clave y el mantenimiento de toda la actividad económica y social de nuestro país. Esta excepción acelerará la recuperación total de la cadena de suministro, dadas las dificultades a las que se ha visto sometida en los últimos días.”*

**Jerry Buttimer, Ministro de Estado responsable del transporte rural decretó que:**

La excepción se concedió de conformidad con el artículo 14, apartado 2, del **Reglamento (CE) n.º 561/2006, en los siguientes términos:**

**.- Las siguientes excepciones** se aplicarán a partir del 13 de abril de 2026 durante un período inicial de 8 días a todos los conductores involucrados **en el transporte por carretera de mercancías dentro de Irlanda:**

**.- El límite** diario de conducción aumenta de 9 horas a 11 horas.

**.- El límite máximo** de horas de conducción semanales aumenta de 56 a 60 horas.

**.- El límite de conducción** quincenal se incrementa de 90 horas a 102 horas.

Las normas relativas al descanso semanal se flexibilizan** permitiendo a los conductores tomar un descanso semanal** reducido de al menos 24 horas durante cada semana consecutiva en el periodo de flexibilización. No habrá obligación de que el conductor tome al menos un (1) periodo de descanso semanal regular en dos semanas consecutivas hasta que expire la excepción. Además, no se exigirá ninguna compensación por tomar un descanso semanal reducido.

Los operadores de transporte y los conductores deben** asegurarse de contar con los mecanismos adecuados** para registrar el tiempo de conducción adicional que realicen los conductores que se acojan a la excepción. Los conductores deben anotar en el reverso de sus hojas de tacógrafo analógicas o en las impresiones digitales (tan pronto como finalicen su jornada laboral) los motivos y la justificación por **los que superan los límites establecidos.**

Es fundamental proteger la seguridad tanto de los conductores** como de los demás usuarios de la vía**. Los conductores no deben infringir las normas si ello pone en peligro la seguridad vial, ni se les debe exigir que conduzcan cansados.

> Los empleadores siguen siendo responsables de la salud y la seguridad de sus empleados y de los demás usuarios de la vía.

La aplicación de las normas sobre tiempos de conducción en otras jurisdicciones **es competencia de las autoridades pertinentes de cada país**. No obstante, las autoridades de los demás Estados miembros serán notificadas de la excepción temporal adoptada por Irlanda, y dichos países están obligados a tener en cuenta los detalles de dicha excepción a efectos de su aplicación (por ejemplo, los conductores no deberían estar sujetos a sanciones en ninguna otra jurisdicción por exceder los límites de tiempo permitidos en virtud de la excepción temporal).

La Autoridad de Seguridad Vial, responsable de velar por **el cumplimiento de la legislación de transporte de la UE y nacional**, desea destacar que los operadores de vehículos pesados ​​están obligados a mitigar los riesgos de interrupción de las operaciones de transporte, a planificar en consecuencia y a garantizar el cumplimiento de las normas sobre tiempos de conducción y descanso.

Los operadores de vehículos pesados ​​deben establecer planes de c**ontingencia para situaciones de emergencia y urgencia**, los cuales deben documentarse y conservarse adecuadamente para su inspección. La documentación que justifique el tiempo adicional de conducción debe conservarse durante al menos 12 meses. Cualquier excepción a las normas sobre tiempos de conducción y descanso debe ser el último recurso. Durante las inspecciones, se evaluará minuciosamente el historial del conductor y el cumplimiento general de las normas por parte del operador.

 
