La UE adopta sus posiciones sobre los permisos de conducir

La propuesta de la Comisión pretende mejorar la seguridad vial y facilitar la libre circulación de los ciudadanos dentro de la UE

La propuesta de la Comisión pretende mejorar la seguridad vial y facilitar la libre circulación de los ciudadanos dentro de la UE

Con el fin de velar por un tráfico por carretera más seguro en toda Europa, el Consejo ha adoptado ayer sus posiciones comunes (orientaciones generales) sobre dos propuestas de la Comisión que forman parte del denominado paquete legislativo sobre seguridad vial y que modifican o derogan:

.- Las Directivas de 2006 y 2022, así como los Reglamentos de 2012 y 2018 sobre el permiso de conducción;
.- La Directiva de 2015 sobre el intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial.

Esto supone un cambio de paradigma para el régimen de los permisos de conducción en Europa. La nueva legislación, además de reforzar los mecanismos de asistencia mutua entre Estados miembros para facilitar la identificación de la persona afectada y la ejecución de las multas, mejorará la seguridad en las autopistas europeas y garantizará zonas residenciales más seguras en toda la UE.

Directiva sobre el Permiso de Conducción

La propuesta de la Comisión pretende mejorar la seguridad vial y facilitar la libre circulación de los ciudadanos dentro de la UE. La propuesta debe considerarse una revisión completa de la Directiva existente, ya que la última reforma de calado tuvo lugar en 2006 y el plazo de los Estados miembros para transponerla se extendía hasta 2013. La propuesta introduce cuatro nuevos elementos principales en el régimen actual:

.- Un sistema europeo para los conductores noveles que permite la conducción acompañada tras obtener un permiso a la edad de diecisiete años;
.- Unas condiciones más estrictas para los conductores noveles durante los dos primeros años de permiso (o más, en función de las normas de cada Estado miembro);
.- Un permiso de conducción móvil como parte de la cartera europea de identidad digital; y
.- El uso de autoevaluaciones como filtro de cara a un reconocimiento médico de la aptitud del conductor.

La posición común del Consejo ha conservado las líneas generales de la propuesta de la Comisión. Sin embargo, el Consejo ha introducido varios cambios en la propuesta, que pueden resumirse como sigue:

.- El mantenimiento voluntario del periodo reducido de validez para los permisos de conducción de las personas de edad avanzada;
.- Una descripción más clara del control de la aptitud física y mental para conducir previo a la expedición o renovación de un permiso de conducción, en función de los diferentes sistemas desarrollados por los Estados miembros;
.- La adaptación de los elementos técnicos para los permisos de conducción móviles a la revisión del Reglamento eIDAS (sobre la identidad digital) y la mejora del vínculo entre la adopción de los actos de ejecución y la obligación de aplicación de los Estados miembros;
.- Orientaciones más detalladas sobre la evaluación por parte de la Comisión del marco de seguridad vial de los terceros países;
.- El perfeccionamiento de los requisitos del acompañante en el sistema de conducción acompañada, que solo será obligatorio para los permisos de conducción de la categoría B;
. La reformulación de las condiciones del periodo de prueba teniendo en cuenta las competencias de los Estados miembros y las prácticas establecidas;
.- La posibilidad de que, en determinadas condiciones, los ciudadanos realicen la prueba teórica en el Estado miembro de nacionalidad cuando este sea diferente del Estado miembro de residencia, pero sin que esta opción sea posible para la prueba práctica.

Directiva sobre el intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial

La propuesta pretende garantizar que los conductores no residentes cumplan las normas de tráfico cuando conduzcan en otros Estados miembros.

La posición común del Consejo ha mantenido las líneas generales de la propuesta de la Comisión. Sin embargo, el Consejo ha introducido varios cambios en la propuesta, destinados principalmente a aclarar el ámbito de aplicación y las definiciones del acto jurídico, entre otros:

.- Se introduce de concepto de «persona afectada» y se aclaran las funciones y responsabilidades de los puntos de contacto nacionales y las autoridades competentes.
.- Se añaden más infracciones a la propuesta de la Comisión, como los casos de inobservancia de las restricciones de acceso de los vehículos o de las normas en un paso a nivel ferroviario, así como el delito de fuga.
.- Se aclaran en mayor medida los diferentes procedimientos de acceso a los datos de matriculación de vehículos y las diferentes opciones de que disponen las autoridades competentes para solicitar asistencia mutua, con vistas a asegurarse de que se identifique a la persona afectada, de que la notificación de infracción de tráfico llegue al lugar correcto y de se mejore la ejecución de las multas de tráfico.
.- Se establecen todas las salvaguardias necesarias para proteger los derechos fundamentales de los conductores o de cualquier otra persona afectada.

Próximas etapas

Tras haber sido adoptados hoy los mandatos de negociación del Consejo (orientaciones generales), la Presidencia entrante está facultada para entablar conversaciones con el Parlamento Europeo («diálogos tripartitos») sobre estos expedientes legislativos fundamentales.

Información de referencia

En su Marco de la política de la UE en materia de seguridad vial para 2021-2030, la Comisión reiteró su determinación de alcanzar el ambicioso objetivo de reducir hasta casi cero las muertes y hasta cero las lesiones graves en las carreteras de la UE de aquí a 2050 («Visión Cero»), así como el objetivo a medio plazo de reducir las muertes y las lesiones graves en un 50 % de aquí a 2030. Sin embargo, según los últimos datos de la Comisión, el número de víctimas mortales en accidentes de tráfico aumentó un 4 % el año pasado respecto a 2021. Si bien esta cifra se sitúa un 9 % por debajo del nivel anterior a la pandemia, el ritmo de mejora no es suficiente para alcanzar los objetivos enunciados anteriormente.

Ambas propuestas forman parte del paquete sobre seguridad vial, adoptado por la Comisión el 1 de marzo de 2023, que incluye también una nueva propuesta sobre la privación del derecho a conducir, con arreglo a la cual, una privación del derecho a conducir en un Estado miembro da lugar a la adopción de medidas de seguimiento por parte del Estado miembro que expidió el permiso de conducción.

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