Los sindicatos españoles UGT y CCOO y la Confederación Alemana de Sindicatos DGB, se han pronunciado favorablemente sobre la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que ayer hizo sobre la Directiva 2o22/2041 sobre los salarios mínimos, rechazando un recurso de anulación que plantearon Suecia y Dinamarca.
Desde la Unión General de Trabajadoras y Trabajadores valoran positivamente la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la Directiva relativa a salarios mínimos adecuados (Directiva 2022/2041), que confirma la validez de su núcleo esencial y consolida un marco europeo para avanzar en salarios dignos, reforzar la negociación colectiva y reducir la pobreza laboral en todos los Estados miembro.
El TJUE rechaza el recurso de anulación planteado por Dinamarca y Suecia, confirmando que la Unión Europea tiene competencia para garantizar estándares mínimos vinculados al salario en el marco de la protección de los trabajadores y del Pilar Europeo de Derechos Sociales. Este reconocimiento es clave para impedir retrocesos y consolidar un modelo europeo basado en justicia social y cohesión.
Se mantiene el núcleo de la Directiva
La sentencia mantiene íntegramente el artículo 5.4, que confirma como referencias internacionalmente aceptadas para evaluar la adecuación del salario mínimo el 60% del salario mediano bruto y el 50% del salario medio bruto.
Estos umbrales son la guía técnica esencial para garantizar que el salario mínimo sea suficiente para asegurar un nivel de vida digno, evitar la pobreza entre personas ocupadas, promover la cohesión social y contribuir a reducir la brecha salarial de género. Su preservación es el elemento central que asegura la utilidad real de la Directiva.
Asimismo, se mantiene el artículo 4, que refuerza la negociación colectiva como instrumento básico para la fijación justa de salarios y la distribución equitativa de la riqueza laboral. El Tribunal solo anula los apartados 2 y 3 del artículo 5, referidos a la fijación automática de criterios de revisión. Sin embargo, esta modificación no altera la orientación material de la norma: los criterios de suficiencia salarial (60%/50%) siguen plenamente vigentes como marco de referencia europeo.
España debe dar ahora el siguiente paso
La buena noticia que supone la convalidación del núcleo de la Directiva debe venir ahora acompañada de un Real Decreto de Salario Mínimo sólido y fructífero, actualmente en negociación entre Gobierno, sindicatos y organizaciones empresariales en el marco del diálogo social. Este Real Decreto debe incorporar plenamente la orientación y el espíritu de la norma europea, así como los compromisos alcanzados entre el Gobierno progresista y las organizaciones sindicales en febrero de este año, cuando se fijó el SMI para 2025,
Hacia un Salario Mínimo Europeo
La sentencia del TJUE demuestra que Europa puede avanzar hacia una convergencia social al alza, consolidando salarios mínimos que permitan vidas dignas en todo el territorio europeo. UGT exige la trasposición inmediata de la Directiva y que la misma se incorpore lo antes posible mediante un Real Decreto de Salario Mínimo , que se está ahora negociando, que garantice que las subidas del SMI no puedan ser absorbidas ni compensadas por otros conceptos salariales y que permita avanzar hacia el cumplimiento de la Carta Social Europea Revisada, situando el salario mínimo en, al menos, el 60% del salario medio nacional, consolidando así una mejora real y sostenida en la vida de la clase trabajadora.
CCOO pide medidas para facilitar la negociación colectiva
Desde el sindicato CCOO afirman que la sentencia mantiene la plena validez del artículo 4 de la Directiva, que obliga a los estados miembros a adoptar medidas que faciliten e impulsen la negociación colectiva en materia salarial y que obligan a que la misma sea en condiciones que garanticen que “se tenga acceso a información adecuada para desempeñar sus funciones en relación con la negociación colectiva sobre la fijación de salarios”.
El segundo aspecto de la Directiva que la sentencia anula es el que obligaba a los estados miembros que cuenten con una indexación automática de los salarios mínimos a que el mismo no pueda rebajar los salarios (puede establecerse así, pero por su legislación nacional); dicho aspecto no afecta en nada a aquellos estados miembros en los que la fijación o actualización del salario mínimo no es automática y/o no está indexada.
En opinión de Javier Pacheco, secretario de Acción Sindical y Transiciones Estratégicas de CCOO, el fallo del TJUE “consolida uno de los pilares que debe hacer avanzar hacia una Europa más justa, que solo puede venir de la mano de salarios justos y adecuados”. Y por lo que respecta a España, se confirman íntegramente todos los elementos sustanciales de la Directiva de salarios mínimos que deben ser transpuestos, sin mayor dilación, a nuestro ordenamiento jurídico, ahora ya refrendados por la sentencia.
“Ya no hay excusas para que la norma fije el establecimiento de un SMI en España que, conforme a la Directiva, logre un nivel de vida digno, reduzca la pobreza laboral, fomente la cohesión social y la convergencia social al alza, y reduzca la brecha salarial de género. Ello, exige situar el SMI en el 60% del salario mediano neto, limitar la compensación y absorción y las limitaciones para su aplicación a la contratación pública y garantizar una negociación colectiva de salarios justa e informada” ha concluido Javier Pacheco.
Para la Confederación Alemana de Sindicatos DGB es una señal importante para una Europa social
Stefan Körzell, miembro del consejo de administración de DGB, declaró el martes en Berlín: «Hoy es un buen día para millones de trabajadores en Alemania y la Unión Europea. Tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), los Estados miembros de la UE están obligados a garantizar una mayor cobertura de la negociación colectiva si esta cae por debajo del 80 % de los trabajadores en el Estado miembro correspondiente».
Con esta sentencia, el TJUE refuerza los derechos de los trabajadores y la cohesión en Europa, ya que un espacio económico común necesita garantías sociales. Los trabajadores con salarios bajos, en particular, necesitan una regulación clara en el mercado laboral. El gobierno alemán está ahora en disposición de implementar cuanto antes un plan de acción eficaz para ampliar el número de convenios colectivos, tal y como estipula la Directiva de la UE sobre el salario mínimo.
Es lamentable que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) haya anulado los criterios europeos uniformes para un salario mínimo adecuado. Sin embargo, esto no exime a los Estados miembros de establecer sus propios criterios nacionales. El gobierno alemán debería revisar su legislación nacional sobre salario mínimo en consecuencia. El Tribunal confirmó que los Estados miembros deben fijar un valor de referencia para un salario mínimo legal adecuado. De esta forma, se ratificó la normativa alemana que establece que el salario mínimo debe ser equivalente al 60 % del salario medio por hora de los empleados a tiempo completa, señala DGB en un comunicado.




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