Como de todos es sabido, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) determinó que el artículo 8.8 del Reglamento (CE) nº 561/2006 prohíbe realizar el descanso semanal habitual dentro del propio camión.
No obstante, sí están permitidos los períodos de descanso semanal reducidos y diarios en los vehículos, siempre que se cumplan las condiciones del reglamento, como disponer de instalaciones adecuadas para dormir y que el vehículo esté estacionado.
Para garantizar una defensa efectiva en casos de «descanso en la cabina», es fundamental que los conductores conozcan sus derechos:
1. No obligación de responder a la policía sobre el descanso
Un conductor no está obligado a responder a la policía sobre si ha pasado su descanso en la cabina. Las autoridades deben realizar el control durante el período específico de descanso para verificar su cumplimiento.
2. Derecho a permanecer en silencio
Antes de interrogar a un conductor, los agentes deben informar adecuadamente sobre su derecho a permanecer en silencio. Los conductores no están obligados a responder preguntas sobre dónde y cómo pasaron su tiempo de descanso durante un control.
3. Exigencia de facturas de hotel:
La policía o las autoridades no pueden exigir facturas de hotel al conductor, sino únicamente a la empresa.
4. Admisión y defensa:
Una vez que un conductor admite haber pasado el descanso en la cabina, las posibilidades de una defensa exitosa disminuyen significativamente.
5. Información obligatoria
Los conductores solo están obligados a proporcionar su tarjeta de conductor, las hojas para el día actual y los últimos 28 días, junto con todas las notas escritas a mano que describan sus actividades.
Es crucial que los conductores estén al tanto de estos derechos y que se informen debidamente. La falta de conocimiento puede tener consecuencias significativas en su capacidad para defenderse contra posibles acusaciones. Se insta a todos los conductores a estar informados y a ejercer sus derechos de manera responsable.
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