Todo lo que tienes que saber sobre las 44 toneladas y la reforma de masas y dimensiones (II)

Segundo capítulo en el que José Carlos López Jato explica de forma clara y muy fácil de entender, toda la normativa legal sobre las 44 toneladas y la reforma de masas y dimensiones

Segundo capítulo en el que José Carlos López Jato explica de forma clara y muy fácil de entender, toda la normativa legal sobre las 44 toneladas y la reforma de masas y dimensiones
José Carlos López Jato. Presidente de UPATRANS Bierzo-León y secretario técnico de FETRANSA

Segundo capítulo en el que José Carlos López Jato, presidente de UPATRANS Bierzo-León y secretario técnico de FETRANSA, explica detalladamente y de forma clara y muy fácil de entender, toda la normativa legal sobre las 44 toneladas y la reforma de masas y dimensiones en el transporte de mercancías por carretera.

9.- ¿Qué sucede si mis límites técnicos para F.3 o M.T.M.R no reflejan 44.000 o más?
R.- Deberé de dirigirme al fabricante y que él certifique que el vehículo reúne los requisitos técnicos para poder circular con una masa en carga del conjunto de 44.000 kg.

10.- ¿Qué sucede con las masas por eje de la cabeza tractora?
R.- La nueva norma aumenta la masa máxima autorizada del eje motor (tracción) de 11,5 tn a 12 tn. Para que mi vehículo pueda disponer de la nueva masa máxima autorizada en el eje motor, si se trata de una ficha más nueva, debemos ir a los valores establecidos en F.1.1, en el caso de las cabezas tractoras de dos ejes, nos aparecen dos valores que, generalmente, aunque no siempre, son 7.500/13.000, el primer valor se refiere a la más máxima técnicamente admisible del eje de la dirección y el segundo de ellos al eje motor. Si se trata de una ficha más antigua deberé de consultar el valor de M.T.M.A 2º eje. En cualquiera de los dos casos, deberá de aparecer un valor de 12.000 o superior. Si esto es así, con ocasión del primer paso por la ITV, en F.2.1 en el caso de fichas más nuevas o en M.M.A. 2º eje, en el caso de fichas más antiguas, aparecerá 12.000.

11.- ¿Si los límites técnicos por eje de mi cabeza tractora no permiten establecer una MMA para el eje motor de 12.000 no puedo transportar 44 tn?
R.- Sí se pueden transportar, no está ligada la masa del conjunto con la masa por eje de cada uno de los vehículos que lo componen. Lo importante, en todo caso, es que el valor de F.3 o M.T.M.R establezca 44.000 o más.

12.- ¿Qué tengo que tener en cuenta en el caso de los semirremolques?
R.- Para el caso de los semirremolques, la norma aumenta la masa máxima autorizada de cada eje del semirremolque de 8.000 a 9.000, es decir, de 24.000 para el conjunto de ejes a 27.000, para ello consultaré el valor de F.1.1 o M.T.M.A 2º, 3º, 4º, que deberá de reflejar 9000/9000/9000 o un valor superior. Con ocasión del primer paso por la ITV se reflejará en la ficha técnica la nueva masa máxima autorizada por eje.

13.- ¿Si los límites técnicos de mi semirremolque no permiten establecer una MMA por eje de 9.000 para cada uno de ellos no puedo transportar 44 tn?
R.- Sí se pueden transportar, no está ligada la masa del conjunto con la masa por eje de cada uno de los vehículos que lo componen. Lo importante, en todo caso, es que el valor de F.3 o M.T.M.R de la cabeza tractora establezca 44.000 o más.

14.- ¿Cuáles son las consecuencias si los límites técnicos establecidos para el eje motor de mi cabeza tractora o de mi semirremolque no me permiten alcanzar las nuevas masas autorizadas por eje?
R.- Si el valor de F.3 o M.T.M.R permite alcanzar 44.000, se pueden transportar, el problema es que existe el riesgo de sobrecargar alguno o todos los ejes del conjunto o. No obstante, el margen de exceso de carga por eje es de un 15%, es decir, 1.200 kg para cada eje del semirremolque, y de 1.725 kg para el eje motor.

15.- En el caso de que mis límites técnicos por eje no me permitan alcanzar los nuevos límites a las masas máximas autorizadas por eje ¿Qué puedo hacer?
R.- Habría que dirigirse al fabricante del vehículo o vehículos afectados y solicitar un certificado que diga que el vehículo, técnicamente, permite soportar, por eje, las nuevas masas máximas autorizadas de los ejes afectados.

16.- ¿Puedo circular con una masa en carga de 44 tn cuando realice transporte internacional?
R.- No, no está permitido realizar transporte internacional superando las 40 tn de masa en carga en el caso de los vehículos articulados o trenes de carretera.

17.- A modo de RESUMEN:
I.- El valor más importante de la ficha técnica es F.3. Si en ese apartado figura 44.000 o más, en principio mi tractora permite conformar un conjunto válido para esa masa.
II.- Si el valor de F.3 en la cabeza tractora no alcanza 44.000 deberé de solicitar un certificado al constructor.
III.- Lo ideal es que los valores de F.1.1 de la cabeza tractora y el semirremolque permitan elevar la masa del eje tractor de 11,5 tn a 12 tn. En el caso de los semirremolques, lo ideal es que permitan elevar las masas de los ejes del mismo hasta 9 tn para cada uno de ellos.
IV.- Si los valores de F.1.1 no permiten elevar las masas de los ejes, o solamente lo permite uno de los dos vehículos, se corre el riesgo de sobrecargar algún eje, sin que por ello, no se puedan transportar 44 tn.
V.- También, para el reparto de pesos, tendré en cuenta el valor de F.1.5 (masa sobre la 5ª rueda o el pivote).
VI.- Tendré en cuenta las limitaciones que existen al transporte internacional.

Continuará….

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