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title: "Una sentencia judicial avala el ERTE ”por fuerza mayor” en una empresa de transporte"
description: "Redacción.- En prácticamente todas las Comunidades Autónomas han admitido la tramitación de los Ertes por fuerza mayor, aunque en un alto porcentaje se concedieron por silencio administrativo,..."
url: https://www.diariodetransporte.com/general/ministerios-y-leyes/una-sentencia-judicial-avala-el-erte-por-fuerza-mayor-una-empresa-transporte/
date: 2020-06-10
modified: 2025-08-12
author: "Redacción de DiariodeTransporte.com"
image: https://www.diariodetransporte.com/wp-content/uploads/2025/08/SENTENCIA-JUDICIAL-AVALA-ERTE-EMPRESA-TRANSPORTES.jpg
categories: ["Legislación"]
tags: ["AGREGA-GRÚAS", "Asociaciones", "Comunidades Autónomas", "Ertes por fuerza mayor", "Estado de Alarma", "falta de actividad", "Fenadismer", "General", "Juzgado de lo Social", "Ministerios y Leyes", "número 1 de Murcia", "obligadas a cerrar", "Portada", "Sociedad", "Talleres y Recambios", "Transporte por carretera", "Transporte Urgente y Ligeros"]
type: post
lang: es
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# Una sentencia judicial avala el ERTE ”por fuerza mayor” en una empresa de transporte

Redacción.- En prácticamente todas** las Comunidades Autónomas** han admitido la tramitación de los** Ertes por fuerza mayor,** aunque en un alto porcentaje se concedieron por silencio administrativo, como consecuencia** de la falta de actividad de algunos sectores** por el Estado de Alarma.

En apoyo de lo anterior, **un Juzgado de lo Social rechazó la solicitud de nulidad promovida por un trabajador contra el ERTE** por fuerza mayor de la empresa de transporte en la que trabaja, al considerar que aunque **el Decreto del Estado de Alarma no incluye al transporte por carretera entre las actividades obligadas a cerra**r, su actividad se ha visto limitada de forma importante.

**Las empresas de transporte pueden acogerse a los ERTEs**

Ahora la Justicia** ha avalado que las empresas de transporte puedan acogerse a este instrumento laboral.** Así el **Juzgado de lo Social número 1 de Murcia** ha dictado una importante sentencia en relación a **la reclamación de nulidad instada por un trabajador contra el ERTE** por fuerza mayor que había solicitado la **empresa de transporte** dedicada al auxilio en carretera para la que trabajaba, **empresa miembro de la asociación sectorial AGREGA-GRUAS, federada en Fenadismer.**

**La sentencia confirma que no solamente pueden acogerse a ERTE** por fuerza mayor las actividades que debieron paralizar su actividad relacionadas** en el Decret**o que declaraba el estado de alarma, sino todas las que también se vieron afectadas por dicha situación, **como es la actividad de la transporte por carretera** que, como señala la sentencia: **«El hecho de que el transporte de bienes y mercancías no estuviera suspendido»** *no contradice la posible existencia de una reducción de su actividad cuando se ve afectada por el cierre de otras actividades*.

**La sentencia concluye señalando que:***«Aunque la actividad y los descriptores de esa actividad empresarial no encaje exactamente en el elenco de actividades que el Gobierno decretó el cierre de esas actividades, no es posible una enumeración total de **las actividades que se han visto limitadas por la situación decretada como Alarma**, pero ello no equivale a que situaciones como la descrita no se entienda que está claramente encuadrada, su baja actividad, en la situación de confinamiento y prohibición de circulación y movimiento que sí ha decretado y era/es la esencia del Estado de Alarma»,* **lo que motiva la desestimación de la demanda de nulidad y la confirmación de la calificación del ERTE por fuerza mayor.**

Foto: Archivo

 
