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title: "Nueva campaña de control de alcohol y drogas en el País Vasco"
description: "La Ertzaintza, en coordinación con las policías locales, reforzará los controles preventivos de alcohol y drogas a los conductores del 27 de octubre al 2 de noviembre."
url: https://www.diariodetransporte.com/general/policia-guardia-civil/nueva-campana-de-control-de-alcohol-y-drogas-en-el-pais-vasco/
date: 2025-10-27
modified: 2025-10-26
author: "Redacción de DiariodeTransporte.com"
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categories: ["Policía y Guardia Civil"]
tags: ["Campaña", "Conductores.", "controles de alcohol y drogas", "Ertzaintza", "País Vasco"]
type: post
lang: es
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# Nueva campaña de control de alcohol y drogas en el País Vasco

La Ertzaintza, en coordinación con las policías locales, reforzará los controles preventivos de alcohol y drogas a las personas conductoras del 27 de octubre al 2 de noviembre. Estos controles se integran en el calendario de 32 Campañas de Vigilancia y Control de Tráfico que se llevará a cabo durante todo el año para prevenir los comportamientos de riesgo que provocan accidentes graves.

Tal y como recoge la Ley de Seguridad Vial (LSV) y el Reglamento General de Circulación (RGC), someterse a dichos controles es obligatorio para todas las personas conductoras que sean requeridas por parte de la autoridad o sus agentes en un control preventivo. En caso de negarse se les podrá imputar un presunto delito contra la seguridad vial.

**Control de alcoholemia**

El control de alcoholemia comprende dos pruebas de aire espirado entre las que median, al menos, 10 minutos.

**Una vez aplicados los márgenes de error:**

Si el resultado es inferior a 0,25 miligramos de alcohol por aire espirado, (0,15 para personas conductoras profesionales y aquellas con menos de 2 años de antigüedad en su licencia o permiso de conducción), la persona conductora podrá seguir su ruta.

Si el resultado es superior a 0,25 (ó 0,15) e inferior a 0,60 miligramos de alcohol por aire espirado, la persona conductora incurrirá en una infracción administrativa. Si es superior a 0,60, se considerará un delito contra la seguridad vial.

Si las y los agentes observasen (https://www.diariodetransporte.com/general/policia-guardia-civil/la-ertzaintza-refuerza-los-controles-alcohol-y-drogas-las-carreteras-pais-vasco/), procederán a la imputación de un posible delito contra la seguridad vial por conducción bajo los efectos del alcohol.

Si el resultado de la prueba es positivo, a petición de la persona interesada o por orden judicial, se podrá repetir a efectos de contraste, preferentemente mediante análisis de sangre (salvo causas excepcionales debidamente justificadas) realizado por personal sanitario.

En caso de negativa a realizar la prueba o de que ésta de positivo, se inmovilizará el vehículo, salvo que pueda llevárselo otra persona, tras realizar la prueba y dar negativo.

La infracción por resultado positivo se considera infracción administrativa muy grave y se sanciona con 500 € y la retirada de 4 puntos si el resultado es inferior o igual a 0,50 mg/l, y si es superior a 0,50 mg/l e inferior o igual a 0,60 mg/l se sanciona con 1.000€ y la retirada de 6 puntos.

**Control de drogas**

En el caso del control de drogas el procedimiento es similar con algunas particularidades. La prueba se realiza a partir de una muestra de saliva. Si da positivo, este se confirma en un posterior análisis en laboratorio. De confirmarse el positivo, se considera una infracción muy grave y se sanciona con 1.000 € y la retirada de 6 puntos.
