Una sentencia judicial excluye a los mensajeros del convenio colectivo del transporte de mercancías de Barcelona

Una sentencia favorable para AEM del TSJ de Cataluña, donde excluye a la actividad de la mensajería del ámbito funcional del convenio colectivo de transporte de mercancías de Barcelona

Una sentencia favorable para AEM del TSJ de Cataluña, donde excluye a la actividad de la mensajería del ámbito funcional del convenio colectivo de transporte de mercancías de Barcelona

Tras el juicio celebrado el pasado 18 de diciembre de 2024 en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), la Sala de lo Social ha dictado sentencia favorable para los intereses de AEM, sus asociados y el sector de la mensajería en el proceso de impugnación del convenio colectivo de transporte de mercancías de la provincia de Barcelona.

La demanda presentada por AEM contra la Federación Catalana de Transportes de Barcelona, Transcalit, la Organización Empresarial de Logística y Transporte, UNO, la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CC.OO., y la Federación de Servicios de Movilidad y Consumo de UGT ha sido estimada por el Tribunal.

Los magistrados han declarado la nulidad parcial del artículo 2 del Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo del sector de transporte de mercancías por carretera y logística de la provincia de Barcelona para los años 2023-2025. En consecuencia, se ha determinado lo siguiente:

Se excluye del ámbito de aplicación del convenio colectivo a aquellas empresas de mensajería, distribución y reparto de mercancías que no requieran autorizaciones administrativas habilitantes para el transporte de mercancías por carretera ni para operar como transportistas.

Es importante señalar que esta sentencia no es definitiva, ya que cabe interponer recurso de casación ordinario ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia (hasta el 13 de febrero de 2025).

Este fallo será publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona y, en consecuencia, se modificará el ámbito funcional del convenio colectivo de transporte de Barcelona, dejando fuera de su aplicación a las actividades de mensajería que no necesiten las mencionadas autorizaciones.

AEM quiere expresar su agradecimiento a todas las empresas de Barcelona que han participado en este proceso, ya que su colaboración ha sido clave para acreditar la legitimidad de AEM para representar al sector de la mensajería en dicha provincia

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