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title: "Justificación de desplazamientos para asalariados y autónomos del sector del transporte"
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date: 2020-03-31
modified: 2025-08-12
author: "Redacción de DiariodeTransporte.com"
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categories: ["Asociaciones"]
tags: ["asalariados", "Asociaciones", "Autónomos.", "BOE", "CAP", "Certificado", "Conductor profesional", "Decreto Ley 10/2020", "General", "justificación de desplazamientos", "Ministerio de Sanidad", "Nacional", "Otros Transportes", "Portada", "SND/307/2020", "Sociedad", "Tarjeta tacógrafo", "Transporte de mercancías", "Transporte por carretera"]
type: post
lang: es
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# Justificación de desplazamientos para asalariados y autónomos del sector del transporte

Redacción.- **La Orden del Ministerio de Sanidad publicada este lunes en el BOE sobre justificación de desplazamientos sólo establece un modelo de certificado para los trabajadores asalariados. Al no establecerse la forma de acreditarlo en el caso de conductores profesionales autónomos, Fenadismer recomienda diferentes formas de hacerlo para facilitar su acreditación personal.**

Tras la aprobación por el Gobierno este domingo del (/2020/03/como-afecta-al-transporte-el-decreto-ley-sobre-actividades-esenciales/), por el que se acuerda endurecer el actual estado de confinamiento en todo el territorio nacional, a partir de este martes 31 sólo las actividades declaradas esenciales en el Anexo de dicho Real Decreto Ley podrán continuar desarrollando su actividad.

En desarrollo de dicho Decreto Ley, en el BOE de este lunes 31 de marzo se ha publicado la Orden del Ministerio de Sanidad SND/307/2020 por la que se establece un** modelo de declaración** responsable en la que se indique que la persona trabajadora portadora del mismo puede continuar realizando desplazamientos **desde su domicilio a su lugar de trabajo** para ser exhibido ante un control en la vía publica. Dicho modelo de declaración de desplazamiento figura en el Anexo de la citada Orden del Ministerio de Sanidad que puede consultarse en el siguiente enlace: (https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/30/pdfs/BOE-A-2020-4196.pdf)

En el caso de los **conductores profesionales autónomos**, al **no prever** la Orden del Ministerio de Sanidad ningún **criterio de justificación**, desde Fenadismer se recomienda que lleven **algún documento que justifique** su carácter de autónomos, como por ejemplo un **certificado de alta fiscal** en su actividad. De no poder obtenerlo, alternativamente en el caso de ser conductor de vehículo pesado o autobús, el autónomo podría acreditar su condición con su **tarjeta CAP** de conductor o con la **tarjeta del tacógrafo digita**l, como así se permite en otros países europeos, así como el **recibo de la cuota de autónomos**, éste último también utilizable en el caso de conductores de vehículo ligero.

En definitiva, se recomienda llevar consigo **cualquier documento que justifique su condición de conductor profesional**, para de este modo facilitar su acreditación personal ante los agentes de control en la vía pública en sus desplazamientos a su lugar de trabajo.

(Foto de archivo)

 
