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title: "Para IRU, las directrices sobre las obligaciones de servicio público de la UE no crea condiciones equitativas"
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date: 2023-06-26
modified: 2025-08-12
author: "Redacción de DiariodeTransporte.com"
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categories: ["Asociaciones"]
tags: ["Carretera", "Comisión Europea.", "Ferrocarril", "Iru", "Transporte Viajeros"]
type: post
lang: es
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# Para IRU, las directrices sobre las obligaciones de servicio público de la UE no crea condiciones equitativas

**IRU**, la voz de los operadores privados de autobuses, autocares y taxis, **acoge con satisfacción las directrices interpretativas de la Comisión Europea sobre los servicios públicos de transporte de pasajeros por ferrocarril y carretera **y que han sido publicadas en el (https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX%3A52023XC0626%2801%29).

La guía exige un entorno competitivo más **abierto, justo y transparente**, que permita a todos los operadores privados, incluidas las empresas grandes y pequeñas, tener las **mismas oportunidades** de mercado y competir en igualdad de condiciones con los operadores internos del sector público.

Sin embargo, para IRU, **las directrices no logran crear condiciones equitativas entre los modos de transporte sostenibles**, lo cual es fundamental para apoyar una transición efectiva hacia un transporte más limpio y ecológico en la UE. 

Los** autocares interurbanos y de larga distancia **son uno de los medios de transporte colectivo de pasajeros más sostenibles y asequibles y que ofrecen una excelente alternativa ecológica a los coches privados. 

Además, los autobuses de larga distancia han sido clasificados como los de mejor desempeño de todos los modos de viaje en términos de** emisiones de CO2 e impacto ambiental** general por pasajero-kilómetro bajo un enfoque well-to-wheel (del pozo a la rueda), según lo informado por la Agencia Ambiental Alemana . 

La **directora de defensa de la UE de la IRU, Raluca Marian**, dijo: «Desafortunadamente, la visión de la obligación de servicio público de la UE para el sector de la movilidad **no incorpora la promoción de autobuses y autocares** de larga distancia como complemento del tren en la combinación de movilidad».

“Para descarbonizar el sector de la movilidad, debemos ver una **cooperación modal genuina** con todos los modos de transporte sostenibles tratados de manera equitativa y justa. Sin esto, estamos poniendo en riesgo la transición del transporte verde en Europa»», agregó.

**Condiciones de subcontratación**

Las pautas interpretativas enfatizan que un operador interno del **sector público **debe seguir siendo una excepción a la regla de la competencia leal en la licitación y adjudicación de contratos de servicios públicos. 

Las directrices establecen que los **contratos de servicios públicos** también deben estipular si es posible la** subcontratación** y, en caso afirmativo, en qué medida. 

En realidad, la tendencia creciente es a **reducir la subcontratación a operadores comerciales**, limitando el sector empresarial a la mera provisión de personal de conducción o restringiéndolo a rutas o servicios económicamente menos interesantes. Así, se reduce al mínimo la actividad económica de las empresas privadas, lo que no es un modelo sostenible a largo plazo.

“Si bien la práctica de operadores del sector público interno que ejecutan un tercio de los servicios de transporte en términos de valor o kilómetros de vehículos aparece como una oportunidad, esto obliga a las autoridades y operadores del sector público interno a invertir fuertemente para **cumplir con las condiciones**, lo que limita el alcance y la participación de los operadores privados en el mercado»», dijo Raluca Marian. 

**Compensación excesiva**

No se debe esperar que las autoridades y los operadores participen en la contabilidad contrato por contrato, con la posible devolución de los pagos realizados en virtud del contrato. Esto se debe al hecho de que una o varias ofertas para un contrato se ofrecen mediante un procedimiento de licitación abierto, transparente y no discriminatorio. La Comisión Europea debería haber establecido claramente en las **directrices interpretativas **que si un procedimiento de licitación se lleva a cabo adecuadamente, debería **excluir la ayuda estatal**, de lo contrario genera inseguridad jurídica. 

“Adoptar la práctica de la contabilidad ex post crea una **carga administrativa **para las autoridades y una apuesta unidireccional contra los operadores, lo que puede tener la consecuencia no deseada de reducir el número de ofertas competitivas»», destacó Raluca Marian.

**IRU hará un seguimiento **del efecto de esta guía a nivel de los Estados miembros durante los próximos meses y explorará mejoras con la Comisión Europea.
