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title: "Detenido un conductor de camión que circulaba multiplicando por ocho la tasa de alcohol"
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date: 2020-02-03
modified: 2025-08-12
author: "Redacción de DiariodeTransporte.com"
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categories: ["Sociedad"]
tags: ["camion", "conductor", "Detenido.", "General", "Guardia Civil.", "N-523 (Cáceres- Badajoz)", "Nacional", "Prueba de alcoholemia", "Sociedad", "Subsector de Tráfico de Cáceres", "Transporte por carretera"]
type: post
lang: es
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# Detenido un conductor de camión que circulaba multiplicando por ocho la tasa de alcohol

EUROPA PRESS.- **Agentes de la Guardia Civil han detenido a un hombre de 44 años y de nacionalidad portuguesa, que fue interceptado cuando conducía un camión por la N-523 (Cáceres- Badajoz) con una tasa de alcohol ocho veces superior a la permitida.**

Los hechos ocurrieron el pasado 27 de enero, cuando agentes de la** Guardia Civil del Subsector de Tráfico de Cáceres** observaron la** «conducción anómala»** de un camión de gran tonelaje que arrastraba un semirremolque con placa de matrícula portuguesa, y cuyo conductor podía hallarse bajo la influencia de bebidas alcohólicas.

Ante estas evidencias, **los agentes interceptaron el vehículo en el kilómetro 8,800, donde su conductor fue sometido a la reglamentaria prueba de alcoholemia,** que arrojó como resultado **1,21 mg/litro en aire espirado en la primera prueba y 1,29 mg/l. en la segunda,** cuando la tasa reglamentaria para este tipo de conductores es la de 0,15 mg/l, por lo que superaba ocho veces la tasa máxima permitida.

El conductor, un varón de **44 años de edad y nacionalidad portuguesa, fue detenido y puesto a disposición del Juzgado de Primera Instancia** e Instrucción de Guardia de Cáceres, por la supuesta comisión de un delito contra la Seguridad Vial, al conducir un vehículo a motor bajo la influencia de bebidas alcohólicas, superando ocho veces la tasa de alcohol legalmente establecida, según informa la** Guardia Civil e**n nota de prensa.

La Guardia Civil ha realizado un llamamiento sobre el peligro que generan este tipo de conductas, que además suponen **un delito expresamente recogido en el artículo 379,2 del Código Penal,** que puede ser castigado con penas de prisión de 3 a 6 meses, o multa de 6 a 12 meses, o** trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días,** y en cualquier caso, con privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.

Foto: Archivo Diario de Transporte

 
