Redacción.- El Ministerio de Sanidad ha publicado hoy en el BOE la Orden SND/325/2020, de 6 de abril, por la que se establecen criterios interpretativos y se prorroga la validez de los certificados de verificaciones y mantenimientos preventivos establecidos en la regulación de seguridad industrial y metrológica.
Con esta orden se establece la la prórroga automática, hasta los treinta días naturales posteriores a la finalización del estado de alarma y sus prórrogas, de los certificados expedidos con base en las verificaciones o mantenimientos periódicos en el ámbito de la seguridad industrial (ITV, ADR, Certificaciones APQ, etc.) y de los certificados expedidos por los organismos designados para efectuar el control metrológico del Estado (contadores volumétricos, termógrafos, termómetros, etc.), cuyo periodo de vigencia finalice durante el estado de alarma y sus sucesivas prórrogas.
Además, el permiso retribuido recuperable para los trabajadores por cuenta ajena será de aplicación a las actividades de verificación y mantenimiento de seguridad industrial y metrológica, salvo para aquellas actividades que se consideren esenciales de acuerdo con el anexo del Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo.
(Foto de archivo)
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