
Continuamos con el séptimo capítulo de la ponencia presentada por José Carlos López Jato, presidente de UPATRANS Bierzo-León y secretario técnico de FETRANSA, en el seminario sobre la reforma de masas y dimensiones, en Madrid el 19 de octubre de 2024; dada la importancia que tiene para las empresas y los transportistas de mercancías por carretera.
EUROMODULARES

REDACCIÓN ACTUAL: 60 TN DE MMA (MODIFICADA DE FACTO POR LA NUEVA INSTRUCCIÓN)
REDACCIÓN QUE SE PROPONE: 72 TN DE MMA.
LARGURA MÁXIMA
1.- EUROMODULARES: 32 METROS(ANTES 25,25 METROS)

2.- TRANSPPORTE DE VARILLA REDACCIÓN PROPUESTA: Los vehículos o conjuntos de vehículos que transporten varillas metálicas o elementos longitudinales de similar forma, como conjunto de elementos indivisibles que solo superan como dimensión máxima permitida la longitud, podrán rebasar en 150 cm la longitud que les corresponda
ALTURA MÁXIMA


REDACCIÓN PROPUESTA: 4,5 m Camiones o vehículos articulados de altura variable que transporten animales vivos, pacas de paja y forrajes o suministros de proveedores a industrias en recorridos predeterminados inferiores a 50 kilómetros.
Disposición transitoria segunda. Anotación en las tarjetas de inspección técnica de los vehículos de los nuevos límites de masas y régimen de circulación.
REDACCIÓN PROPUESTA:
Cuando la masa máxima técnicamente admisible sea superior a la nueva masa máxima autorizada según esta orden, la nueva masa máxima autorizada se anotará mediante diligencia, durante el primer paso por inspección periódica de los vehículos. Igualmente, para el caso indicado anteriormente, dado que este aumento administrativo no supone ningún aspecto de seguridad, los vehículos podrán circular con las nuevas masas máximas autorizadas sin necesidad de su anotación en tarjeta ITV, en tanto se produce el paso del vehículo por ITV para la siguiente inspección periódica prevista.
PROPUESTA DE FETRANSA:
Cuando la masa máxima técnicamente admisible sea igual o superior a la nueva masa máxima autorizada según esta orden, la nueva masa máxima autorizada se anotará mediante diligencia, durante el primer paso por inspección periódica de los vehículos. En similares términos, se anotará la nueva masa máxima en los permisos de circulación.
Igualmente, para el caso indicado anteriormente, dado que este aumento administrativo no supone ningún aspecto de seguridad, los vehículos podrán circular con las nuevas masas máximas autorizadas sin necesidad de su anotación en tarjeta ITV, en tanto se produce el paso del vehículo por ITV para la siguiente inspección periódica prevista.
Para la adecuación de las fichas técnicas a la nueva realidad, se tendrán en cuenta las denominaciones que en su caso tuvieran dichos parámetros en función de la edad del vehículo y de las denominaciones recogidas en la ficha técnica del mismo.
En todo caso, aquellos vehículos que técnicamente dispongan de capacidad para su circulación por las vías públicas de acuerdo con los nuevos límites de masas y dimensiones por venir reflejados en su ficha técnica parámetros similares o superiores a los mismos, podrán circular de acuerdo a los nuevos límites, procediéndose de oficio a la regularización de la misma, en lo referido a las nuevas masas máximas autorizadas previstas, con ocasión de la siguiente inspección técnica periódica prevista. Dichos parámetros serán los siguientes:
.- Masas técnicas máximas por eje
.- Masa máxima remolcable en su caso
.- Masa máxima técnica del conjunto
En todo caso, la anotación de oficio, tendrá en cuenta la realidad de los nuevos límites legales y recogerá, en función de este nuevo límite, la capacidad concreta de cada vehículo entre las 40 tn actuales y las 44 tn previstas.
Continuará
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