Los ministros de transporte de la UE han alcanzado hoy un acuerdo para la revisión de los reglamentos sobre los derechos de los pasajeros aéreos y la responsabilidad de las aerolíneas. El nuevo marco busca establecer normas más sencillas y claras para los pasajeros aéreos, logrando a la vez un mejor equilibrio entre un alto nivel de protección para los pasajeros y la preservación de la conectividad y la igualdad de condiciones para el sector de la aviación en el mercado interior de la UE, según informa el Consejo Europeo en un comunicado.
«La posición finalmente adoptada hoy responde a la urgente demanda de los pasajeros aéreos y las aerolíneas de una normativa actualizada, más clara y sencilla. La normativa revisada aportará más de 30 nuevos derechos a los pasajeros aéreos, aplicables desde el momento de la compra del billete hasta su llegada a destino, y en algunos casos incluso después. Se trata de un hito histórico, ya que no se había podido alcanzar un acuerdo en los últimos 12 años», ha declarado Dariusz Klimczak, Ministro de Infraestructuras de Polonia.
La posición del Consejo Europeo pretende reforzar y aclarar varios derechos existentes de los pasajeros aéreos, junto con la introducción de algunos nuevos. Entre los derechos clave del texto se incluyen:
El derecho a ser desviado: Las aerolíneas deben ofrecer a los pasajeros un cambio de ruta lo antes posible, incluida la posibilidad de ser redireccionados a través de vuelos operados por otros transportistas o modos de transporte alternativos cuando sea adecuado.
Además, si una aerolínea no proporciona un redireccionamiento apropiado dentro de las tres horas siguientes a una incidencia, los pasajeros pueden organizar su propio redireccionamiento y reclamar un reembolso de hasta el 400% del coste original del billete.
El derecho a la asistencia: Además, el derecho a asistencia (refrigerios, comida, alojamiento) ahora está claramente definido. Si una aerolínea no la proporciona, los pasajeros pueden gestionarla por su cuenta y recibir un reembolso posteriormente. En caso de retraso en la pista, los pasajeros tendrán derecho a una asistencia mínima y deberán desembarcar después de 3 horas.
El derecho a indemnización en caso de cancelaciones y retrasos: Teniendo en cuenta, en particular, la evaluación de impacto de la Comisión Europea, el Consejo propone umbrales actualizados para la compensación debida a grandes retrasos.
Las aerolíneas no pueden denegar una compensación por circunstancias extraordinarias, a menos que demuestren que tomaron todas las medidas razonables para evitar incidencias.
La compensación varía según la distancia:
.- Viajes de menos de 3.500 km y viajes dentro de la UE: se aplica una compensación por retrasos de más de 4 horas (300 €)
.- Viajes de más de 3.500 km: se aplica una compensación por retrasos de más de 6 horas (500 €)
La posición del Consejo también introduce varios cambios en las normas sobre cancelaciones por las que los pasajeros pueden reclamar una compensación. Los pasajeros a los que se les informe de la cancelación de su vuelo con menos de 14 días de antelación a la salida tienen derecho a una compensación. En caso de cancelación, la aerolínea debe proporcionar a los pasajeros formularios precompletados para que puedan solicitar la compensación.
El Consejo también quiere desincentivar la política de «no presentación», ampliamente utilizada en la actualidad. En este sentido, los pasajeros a los que se les deniegue el embarque en un vuelo de regreso por no haber tomado el de ida tendrían derecho a una compensación.
El derecho a la información: Los pasajeros aéreos de la UE deberían estar mejor informados sobre sus derechos. Las aerolíneas deberían cumplir obligaciones de información más estrictas, incluyendo la información durante la reserva y la gestión de quejas y solicitudes.
Las nuevas disposiciones introducen plazos estrictos para que las aerolíneas respondan a las reclamaciones de los pasajeros. Los pasajeros dispondrán de hasta seis meses desde la interrupción para presentar una solicitud o queja a la aerolínea. Se introduce un plazo de 14 días desde la presentación de la solicitud para que las aerolíneas paguen una compensación o proporcionen una respuesta clara y fundamentada al pasajero.
La posición del Consejo será examinada por el Parlamento Europeo en segunda lectura. Posteriormente, el Parlamento podrá aprobar, modificar o rechazar esta posición del Consejo.
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