En una sentencia que pretende ser ejemplarizante, el Tribunal de Distrito de Colonia confirmó 449 casos de violaciones de las normas de cabotaje por parte de una empresa de transporte alemana después de que fueran sacados a la luz por la Oficina Federal de Logística y Movilidad (BALM).
En pocos meses, esta empresa de transporte del suroeste de Alemania encargó a dos transportistas extranjeros un total de 449 envíos que se realizaron infringiendo las normas de cabotaje. En concreto, los transportistas no habían realizado previamente ningún transporte transfronterizo o no habían cumplido la fase de espera de cuatro días tras tres transportes de cabotaje.
Todos los clientes comerciales de servicios de transporte tienen la obligación de garantizar que las empresas que contratan tengan una autorización válida (por ejemplo, licencia comunitaria o, para abreviar, licencia de la UE) y no la utilicen de forma inadmisible.
La empresa de transporte contratante no había controlado ni garantizado suficientemente si ambos transportistas respetaban las normas de cabotaje.
Por todo ello, el Tribunal de Distrito de Colonia sancionó los servicios de transporte realizados de forma inadmisible con la confiscación de 72.700 euros y multas al director general responsable por un total de 17.928 euros.
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