Con la reforma del pasado 17 de marzo con el Real Decreto Ley 2/2023, por el que se reforma la Ley General de la Seguridad Social, de medidas urgentes por la que se amplian los derechos de los pensionistas, se reduce la brecha de género y se establece un nuevo marco para la sostenibiblidad del sistema público de pensiones, se incluye una importante medida en beneficio de los trabajadores a tiempo parcial.
Teniendo en cuenta que un trabajador necesita, tener al menos, 15 años cotizados para poder cobrar una pensión contributiva de jubilación. A partir de esta cantidad, se empieza a cobrar la pensión mínima entre los 7.939 y 9.260 euros anuales, pero no es hasta que se cumplan los 36 años y 6 meses cotizados cuando se alcanza el importe máximo permitido a percibir de 42.823,34 euros al año.
Por lo tanto, con esta reforma, a partir del 1 de octubre, todos los trabajadores cotizarán lo mismo. Esto afecta principalmente a los trabajadores con contratos a tiempo parcial, ya que ahora el trabajo de estos se equiparará con el trabajo a tiempo completo respecto al cómputo de cotización.
Con esta medida se atiende las demandas de los aproximadamente 2,5 millones de trabajadores a tiempo parcial en España que, a partir de ahora, independientemente del horario efectivo de trabajo, una jornada laboral se considerará como un día de cotización a la Seguridad Social. Con esta decisión se busca reducir la brecha de género en el ámbito laboral y beneficiar especialmente a las mujeres, que suelen estar en desventaja debido a una mayor tasa de empleo a tiempo parcial y temporal, en gran parte debido a las responsabilidades de cuidado en el hogar.
Este cambio también ha sido respaldado por el Tribunal Constitucional y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que han señalado la necesidad de abordar esta desigualdad en la cotización de los trabajadores a tiempo parcial, especialmente en lo que respecta al empleo femenino.
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