Trabajo dicta una instrucción para impedir un SMI menor al de 2024

El Ministerio de Trabajo y Economía Social, dicta una instrucción para impedir un SMI menor al de 2024 vigilada por la Inspección de Trabajo

El Ministerio de Trabajo y Economía Social, dicta una instrucción para impedir un SMI menor al de 2024 vigilada por la Inspección de Trabajo

.El Ministerio de Trabajo y Economía Social ya ha comenzado a tomar medidas que permitan proteger los derechos laborales ante la insólita derogación del SMI 2024 acaecida el 22 de enero en el Congreso de los Diputados.

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La Dirección General de Trabajo ha emitido un Criterio interpretativo sobre las consecuencias de la derogación de la vigencia del SMI para 2024 atendiendo a su «función de «interpretación y aplicación de las disposiciones jurídicas de su competencia»

El Ministerio de Trabajo y Economía Social, a través de la Dirección General de Trabajo, ha dictado una instrucción para que no se pueda pagar un salario mínimo interprofesional (SMI) inferior al establecido para 2024 (1.134 euros al mes por catorce pagas).

Esta instrucción responde a que, con la derogación del decreto ‘ómnibus’ tras la votación de ayer en el Congreso, el SMI deja de ser de 1.134 euros al mes por catorce pagas y vuelve a la cifra de 2023, que era de 1.080 euros mensuales.

Dado que el mandato del Gobierno es fijar un SMI anual, cuya finalidad es, según el Estatuto de los Trabajadores,  la «protección de los derechos y principios constitucionales» y que, según la jurisprudencia del Tribunal Constitucional  se «ha de complementar aquel sistema de determinación del mínimo salarial estableciendo (…) unos techos salariales mínimos que, respondiendo a aquellos valores de justicia e igualdad den efectividad al mandato constitucional contenido en el artículo 35.1» y que el mandato de la Carta Social Europea y de las previsiones de la Directiva 2022/2024 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre unos salarios mínimos adecuados de la Unión Europea, sería contrario a los principios básicos de la normativa laboral  la desaparición de un suelo legal, en primer lugar. En segundo lugar, el legislador no contempla la no vigencia de este Salario Mínimo Interprofesional.

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Por todo lo anterior, hasta que se fije un nuevo valor para el SMI 2025, se determina a través de la instrucción de la Dirección General de Trabajo que: 

La desaparición abrupta de la prórroga no afecta a los salarios vigentes, por entender que se trata de un salario ya contractualizado.

Las nuevas contrataciones no deben tomar como referencia un salario mínimo inferior al fijado en el SMI 2024

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La Inspección de Trabajo y Seguridad Social vigilará que las personas trabajadoras reciban puntualmente la remuneración pactada y verificará el cumplimiento estricto de esta obligación empresarial.

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