Transporte y Movilidad: Tacógrafo en furgonetas y vehículos ligeros. Vídeo

Redacción.- Rafa Soto de Transporte y Movilidad, junto a Fernando Rivas de AutoFM y Jose Lagunar de RIVEKIDS, nos trae un nuevo vídeo de su canal para explicar la obligatoriedad de la obligación de las furgonetas y vehículos ligeros, para la implantación del tacógrafo en el transporte de mercancías.

Los vehículos de masa máxima autorizada superior a 2.500 kilogramos (incluidos remolques y semirremolques) y hasta 3.500 kilogramos también necesitarán tacógrafo y tendrán que cumplir los tiempos de conducción y descanso si realizan transporte internacional o cabotaje, a partir del 1 de julio de 2026.

Esta medida aprobada en el paquete de movilidad europeo de 2020 obligará a las furgonetas que realicen transporte internacional a cumplir la normativa de tiempos de conducción y descanso del tacógrafo. El tacógrafo en este tipo de vehículos será digital, en todos los casos. Además, cada país podría implantarlo también para el transporte nacional si así lo estima oportuno. Los tiempos de conducción y descanso para estos vehículos serán los mismos que ya se usan para los vehículos de más de 3.500 kilogramos (Reglamento 561/2006).

Mira el vídeo:

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Vídeo: Transporte y Movilidad, foto de archivo

 

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