¿Cambiar ruedas?. ”El camionero ácrata”. Opinión

Hace un par de semanas, en redes sociales alguien puso como, una famosa empresa de la zona de Zaragoza, había enviado un mensaje a sus chóferes, en el cual se les indicaba que debían comprobar si tenían entre sus herramientas una llave desmultiplicadora para cambiar las ruedas y se les indicaba que de no ser así, pidieran una, ya que a partir de ese momento las ruedas, en caso de avería, las tendrían que cambiar ellos o se les descontaría la asistencia.

Claro está, esto suscitó una polémica sobre si estamos obligados o no a hacerlo. Como cada uno tiene su opinión, veamos que dice la ley y cito textualmente el Estatuto general de los trabajadores transporte por carretera:

Artículo 16.4

«Conductor Mecánico: Es el empleado que, estando en posesión del permiso de la clase <<C+E>>, se contrata con la obligación de conducir cualquier vehículo de la empresa, con remolque, semirremolque o sin ellos, a tenor de las necesidades de ésta, AYUDANDO si se le indica a las reparaciones del mismo, siendo el responsable del vehículo y de la carga durante el servicio, estando obligado a cumplimentar, cuando proceda, la documentación del vehículo y la del transporte realizado y a dirigir, si se le exigiere, la carga de la mercancía. Le corresponde realizar las labores necesarias para el correcto funcionamiento, así como las que resulten precisas para la protección y manipulación de la mercancía. Habrá de comunicar de inmediato al responsable de taller, o persona que al efecto la empresa señale, cualquier anomalía que detecte en el vehículo. Deberá cubrir los recorridos por los itinerarios que se fijen, de no estar fijados, por los que sean más favorables para la correcta cumplimentación del servicio.»

Esto es lo que la ley dice, es decir, AYUDAR, no hacerlo uno sólo. Puedo entender que algún autónomo, como el caso de mi amigo Juan Pizarro, lo haga él mismo. Es un dinero que se ahorra, lo cual es normal. Pero una cosa es un autónomo y otra muy distinta un asalariado.

No voy a meterme en la discusión que se metieron algunos sobre si en una autopista está o no permitido cambiarla uno mismo, más que nada porque no lo sé a ciencia cierta. Siempre se me ha dicho que por ejemplo en Francia, está terminantemente prohibido hacerlo, pero por suerte nunca me he visto en el caso. La verdad es que hace más de 20 años que no cambio yo mismo una rueda. La última aún era de aquellas llamadas de «artillería» y creo que mientras la ley no cambie, no lo haré.

Puede que haya quien intérprete que «AYUDAR» incluye hacerlo tú mismo y tal como está la justicia en este país, podría ser que algún juez le diera la razón a la empresa. Pero tengo muchas dudas que la ley de riesgos laborales permita hacer un trabajo como ese en una carretera o arcén sin la presencia de al menos dos operarios, porque en caso de fallar el gato o tener un percance, siempre uno de los dos podría avisar.

Desde luego alguien debería explicarle a esta empresa y a otras muchas, que las leyes no las hacen ellos, que este tipo de actitudes mafiosas amenazando con descuentos de salarios, etc., no es algo que puedan hacer. Para decidir eso hay unas leyes y unos jueces. Ya está bien de querer ahorrar costes a base de cargarnos a los chóferes con funciones que no nos corresponden ni se nos retribuyen.

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Foto de archivo

 

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