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title: "¡Desmontando mentiras!. Opinión de Juan Novoa"
description: "Autor: Juan Novoa en Foro Comités Empresas TransporteTiempos de trabajo:Trabajo efectivo son todos los períodos durante los que el trabajador móvil no puede disponer libremente de su tiempo y..."
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date: 2020-08-26
modified: 2025-08-12
author: "Redacción de DiariodeTransporte.com"
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categories: ["Opinión"]
tags: ["Conducción", "convenios colectivos", "Descanso", "desmontando", "disponibilidad", "Especiales", "General", "Juan Novoa", "mentiras", "Nacional", "Opinión y Debate", "otros trabajos", "Portada", "Reglamento", "Sociedad", "Transporte por carretera"]
type: post
lang: es
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# ¡Desmontando mentiras!. Opinión de Juan Novoa

**Autor**: Juan Novoa en (https://www.facebook.com/groups/1733127780323584/)

**Tiempos de trabajo:**

Trabajo efectivo son todos los períodos durante los que el trabajador móvil no puede disponer libremente de su tiempo y tiene que permanecer en el lugar de trabajo dispuesto a realizar su trabajo normal, realizando las tareas relacionadas con el servicio, incluidos, en particular, los períodos de espera de carga y descarga cuando no se conozca de antemano su duración previsible.

**Disponibilidad:**

Desde que inicias la jornada hasta que la cierras todo lo que no sean pausas o descansos, durante los que el conductor no lleva a cabo ninguna actividad de conducción u otros trabajos y no está obligado a permanecer en su lugar de trabajo, pero tiene que estar disponible para responder a posibles instrucciones que le ordenen emprender o reanudar la conducción o realizar otros trabajos.

**a)** Los períodos durante los cuales el trabajador acompañe a un vehículo transportado en transbordador o tren., salvo que lleves litera , entonces es descanso.

**¡Ojo a esto!:**

Los períodos de espera en fronteras o los causados por las prohibiciones de circular. Si no conoces de antemano la duración es disponibilidad.

**Esto también es importante conocerlo:**

Las dos primeras horas de cada período de espera de carga o de descarga son disponibilidad, no descanso ni pausa. La tercera hora y siguientes se tiempo de trabajo efectivo, salvo que se conozca de antemano su duración, eso es muy fácil de entender si a ti te dice el jefe de tráfico que no te cargan hasta las 5 de la tarde y tu llegas al cliente a las doce de la mañana es descanso.

El tiempo que vas sentado cuando conduces a doble conductor, que ahora cuenta como pausa.

**Límites del tiempo de trabajo de los trabajadores móviles:**

La duración del tiempo de trabajo efectivo de los trabajadores móviles, los conductores estamos incluidos en este apartado, no podrá superar las cuarenta y ocho horas semanales de promedio en cómputo cuatrimestral ni exceder en ningún caso de las sesenta horas semanales.

**Ni el cómputo anual recogido en los convenios colectivos**

Esto es lo que dice la legislación laboral respecto a nuestro trabajo, por más que se empeñen en que nos creamos que lo que dice el 561/2006 eso es legislación de transporte y solo regula eso el transporte, tiempos de conducción máximos y mínimos de descanso en la conducción .

No es obligatorio consumir todas las horas de conducción, ni descansar siempre el mínimo

**El 561/2006 deja claro en su artículo 6,2 dice lo siguiente:**

El tiempo de conducción semanal no superará las 56 horas y no implicará que se exceda el tiempo semanal de trabajo máximo, fijado en la Directiva 2002/15/CE.

**Por lo tanto que no os cuenten milongas.**

(/?s=juan+novoa&submit=Buscar...)

 

Foto: Archivo Diario de Transporte

 

 
